CONTRATO TEMPORAL EVENTURAL - TIEMPO MAXIMO?? - AYUDA!

isabarros

Miembro
Llevo poco con laboral y donde trabajo acabamos de coger este mes a un autónomo con 3 trabajadores a su cargo

Trabajadora 1 -

Se le hizo un Contrato de Trabajo Temporal eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo de 3 meses (de julio a octubre de 2015).
En octubre, al acabar el contrato se le hizo una 1º prórroga de 3 meses de duración sobre ese contrato de trabajo, siendo el tiempo acumulado del contrato inicial más la prórroga de 6 meses.

Este contrato le finalizó el 5 de enero de 2016, la dieron de baja, pero dos días después,  el 7 de enero de 2016 le volvieron a hacer otro contrato de trabajo similar al primero, es decir, con Contrato de trabajo temporal por circunstancias de la produccón de 3 meses, que finaliza ahora a comienzos de abril.
La autónoma quiere que la chica siga y quiere hacerle otra prórroga por otros 3 meses....

¿Podría hacerse tratándose de un contrato de trabajo temporal eventual??
Porque según sé....

El contrato puede hacerse por un máximo de 6 meses (en un periodo de 12) contados desde que se produce el exceso o acumulación.

En este caso desde julio de 2015 hasta abril de 2016, llevará ya 9 meses trabajados ...
¿Está bien el segundo contrato que le hicieron en enero por otros 3 meses cuando ya llevaba 6 meses? (lo hicieron en la anterior asesoría)

A ver si podeis ayudarme un poco... mientras seguiré leyendo un poco más sobre el tema :)
Gracias de antemano!!
 

Ro

Miembro activo
Independientemente que la mayoría de contratos temporales son indefinidos porque la temporalidad no está justificada...
Contrato eventual por circunstancias de producción: el Estatuto dice 6 meses en un período de 12 meses, pero el convenio colectivo puede ampliar hasta 12 meses en un período de 18 meses. Comprueba el Convenio.
Si realmente no existe la temporalidad expuesta en el contrato... informa a la empresa que da igual que tenga un contrato temporal, porque cuando le finalice el contrato la trabajadora podrá reclamar despido igual que si estuviese indefinida.
Un saludo
 

isabarros

Miembro
En cuanto a este contrato temporal no es indefinido, pone la fecha exacta de inicio y de final del contrato.

El convenio es el Convenio colectivo estatal del comercio minorista de droguerías, herboristerías y perfumerías (código de convenio nº 99100145012014) y por lo que he visto no aparece nada... así que en principio puede estar 6 meses en un periodo de 12.

En cuanto a eso de 6 meses en un periodo de 12, si es desde que comienza la empresa a necesitar un aumento de la mano de obra... en este caso, al haber sido contratada la empleada en junio de 2015, imagino que será:

- De julio de 2015 a junio de 2016 (periodo de 12 meses) debería estar contratada un máximo de 6 meses con este tipo de contrato, ¿es así? (con lo que el anterior contrato ya estaría mal hecho, porque con él pasa a estar 9 meses en ese periodo de 12).

Siendo así, ¿que opciones tiene la autónomo para volver a contratar a esta trabajadora? ¿hacerla indefinida? ¿alguna opción más?

De nuevo... muuuuuuchas gracias por la ayuda!! :)
 

Ro

Miembro activo
Tienes que leer los artículos 15,16,17 y 18 del convenio.
(Si se amplía a 12 meses en 18)
 

isabarros

Miembro
Ayer lo había visto por encima, hoy ya lo he visto mejor y si que deja hasta 12 meses.
Muchas gracias por todo!!
 
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