Buenas tardes:
Tengo la siguiente duda: Una persona con discapacidad estuvo contratado de forma temporal "causas previsibles" por una empresa durante dos meses y posteriormente ( un mes después) se plantea hacer un contrato indefinido bonificado de discapacidad.
Si veo el articulo 11.1c de la ley 1/2023 entiendo que no puede porque establece "Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los doce meses anteriores a la fecha de alta de la persona trabajadora en el correspondiente régimen de la Seguridad Social hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido; o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o un contrato formativo; cualquiera que sea su modalidad y la duración de su jornada.
Sin embargo, el articulo 11.2 añade "Cuando se trate de contrataciones con personas trabajadoras con discapacidad; sólo les serán de aplicación las exclusiones del apartado 1.c); si el contrato previo hubiera sido por tiempo indefinido..
Leyendo esto interpreto que sí puede tener un contrato temporal previo...¿alguien que interprete lo mismo?
Tengo la siguiente duda: Una persona con discapacidad estuvo contratado de forma temporal "causas previsibles" por una empresa durante dos meses y posteriormente ( un mes después) se plantea hacer un contrato indefinido bonificado de discapacidad.
Si veo el articulo 11.1c de la ley 1/2023 entiendo que no puede porque establece "Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los doce meses anteriores a la fecha de alta de la persona trabajadora en el correspondiente régimen de la Seguridad Social hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido; o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o un contrato formativo; cualquiera que sea su modalidad y la duración de su jornada.
Sin embargo, el articulo 11.2 añade "Cuando se trate de contrataciones con personas trabajadoras con discapacidad; sólo les serán de aplicación las exclusiones del apartado 1.c); si el contrato previo hubiera sido por tiempo indefinido..
Leyendo esto interpreto que sí puede tener un contrato temporal previo...¿alguien que interprete lo mismo?