El temporal previsible NO es que pueda durar hasta 90 días, sino que la empresa puede utilizar ese tipo de contratos por hasta 90 días calendario anuales, PERO NO SEGUIDOS.
En el límite, un contrato temporal previsible no podría durar más de 89 días (entre periodo inicial y posible prórroga).
En contrato temporal imprevisible tiene el límite "interno" de hasta 6 meses (prórroga incl.), o hasta 12 meses si el convenio lo regula y autoriza.
Por supuesto que con un mismo trabajador se pueden firmar ambos contratos, uno previsible, en sus términos y duración, y otro imprevisible, en sus propios términos y duración. Mientras se respete los aspectos formales de cada uno..... Operaría en todo caso, el límite de acumulación de temporales.