contratos construcción

Inma.2

Miembro conocido
Buenas,
En la Reforma Laboral, en la Disposición transitoria cuarta, se permite que los contratos para "obra y servicio determinado y los contratos eventuales por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos", celebrados entre el 31/12/2021 hasta 30/03/2022, se puedan celebrar pero no podrán ser superiores a 6 meses
¿aplicaríais esta norma a los antiguos 401 de construcción???

gracias,
 

Inma.2

Miembro conocido
Fernando, tú entiendes que un contrato 401 realizado en esas fechas puede tener la duración máxima de 3 años como antes de la Reforma??

gracias,
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, en construcción no podías hacer ese tipo de contrato, sino uno indefinido adscrito a obra. Si lo has hecho, es fijo normal.
 
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