CONTRATOS INDEFINIDOS MINUSVALIDOS BONIFICACION

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes:
Hace tiempo que no hago un contrato como el indicado, y lo que puedo encontrar por el foro y otros sitios, se refiere a situaciones de hace cinco o seis años y me da un poco de miedo por si hay actualizaciones al respecto.
La empresa quiere contratar trabajador con minusvalía superior al 33% a jornada completa e indefinido.

¿Con respecto a las bonificaciones es necesario mantener este puesto un tiempo o se puede despedir y no tener que devolver las bonificaciones practicadas?

Cuando se refiere a que no haya trabajado en los 24 últimos meses en la misma empresa se refiere a que ese contrato anterior fuera indefinido? Es que en mi caso este trabajador estuvo mediante un contrato temporal de un mes en la misma empresa en febrero de 2021

Lo de contratar al trabajador a través de oferta de empleo sigue sin ser algo obligatorio?

Muchas gracias, como siempre
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas tardes:
Hace tiempo que no hago un contrato como el indicado, y lo que puedo encontrar por el foro y otros sitios, se refiere a situaciones de hace cinco o seis años y me da un poco de miedo por si hay actualizaciones al respecto.
La empresa quiere contratar trabajador con minusvalía superior al 33% a jornada completa e indefinido.

¿Con respecto a las bonificaciones es necesario mantener este puesto un tiempo o se puede despedir y no tener que devolver las bonificaciones practicadas?

Cuando se refiere a que no haya trabajado en los 24 últimos meses en la misma empresa se refiere a que ese contrato anterior fuera indefinido? Es que en mi caso este trabajador estuvo mediante un contrato temporal de un mes en la misma empresa en febrero de 2021

Lo de contratar al trabajador a través de oferta de empleo sigue sin ser algo obligatorio?

Muchas gracias, como siempre
salvo mejor opinión: si despides las bonificaciones no es necesario devolverlas y la exclusión de los 24 últimos meses se refiere sólo a contratos indefinidos, es decir, pudiste tener un contrato temporal con el trabajador con discapacidad. Ojo también que el trabajador no venga de un contrato indefinido en otra empresa (3 meses previos a tu contratación) y yo siempre pido a casia que compruebe que en la bases de TGSS figure la discapacidad que cuenta en el menú casia, ya con un proceso específico

Por lo demás, como suele ser habitual en las bonificaciones: que la empresa no tenga deudas y que el trabajador esté como demandante de empleo

En el tema del sepe, yo siempre lo hago con oferta de trabajo por sepe para incorporar el número de la oferta en contrat@ (de hecho voy tocando oficinas según domicilio de la empresa y advirtiendo que es oferta para un trabajador concreto y ninguna oficina me dijo que no hacía falta hacerlo, sólo me advirten que no incorpore los datos de la persona a contrtar en el formulario de la oferta, que lo haga en el correo, y también me dicen que el trbajador tiene que estar en la base de datos con la discapacidad grabada y buscando empleo para el sector que yo le ofrezco). en este foro tengo leído a compañeros, creo que a Toni, que no lo hacen.
 
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JAVIER_R

Miembro activo
Muchisimas gracias....que orgullo encontrar gente como vosotros, vosotras siempre dispuestos/as a ayudar.
 
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