CONTRATOS REPRESENTANTES DE COMERCIO

MALULO

Nuevo miembro
Me gustaría saber, si  a un Representantes de Comercio se le puede hacer un contrato de interinidad, para sustituir a otro Repreentante de Comercio que esta de baja por Incapacidad Temporal o por descanso de maternidad. Se trataría de un contrato que duraría el tiempo que dure la baja de I.T o el descanso de maternidad.  Es lógico que la empresa tenga que cubrir mientras tanto dicha zona comercial. El R. D. 1438/1985, no dice nada claro al respecto.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Puedes hacer uno temporal que no pase de 3 años, pero no interino pues la norma no lo contempla.
 
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