CONVENICO CONSULTORIA.DESCUENTO FALTA PREAVISO

SGR

Nuevo miembro
Buenos días.

Que formula utilizáis para descontar los días de falta de preaviso en el convenio de consultoría cuando no da los 15 días laborables.
La que yo utilizaba es ((prorrata de paga extra * días de devengo de la paga extra)/15)* días de falta de preaviso.
El problema es que utilizando esta formula, me sale mucha diferencia si un trabajador se va por ejemplo el 30 de mayo o si se va el 20 de julio, ya que en el primer caso tiene muchas paga extra devengada y en el segundo caso poca.

Muchas gracias por vuestra ayuda.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es que es una de las muchas "particularidades" (por ser sutil) del Convenio de Consultoría.
Además de que los 15 días son hábiles (no naturales, continuamente debemos estar advirtiendo de ello a los que comunican su baja dando 15 dias naturales, pensando que con ello ya cumplen), una misma falta de preaviso (en cuando a nº de días no respetados) puede implicar una penalización hasta 6 veces mayor dependiendo de si la baja es en enero o en junio.
En cualquier caso, y esta es otra de las particularidades, dentro de un mismo mes no te ha de dar diferencia, ya que por la fracción de mes, aunque sea de un día, devengas la prorrata mensual completa. Vaya que el 1 de mayo has devengado la misma prorrata de la paga extra que el 31 de mayo.
Yo no sé que se fumaron los negociadores del Convenio en su día, pero el caso es que son cuestiones que se arrastran dese hace infinidad de años y en los sucesivos convenios,. no solo se han mantenido sino que se han ido acumulando más chapuzas aún (por ej. hay una mejora por convenio respecto ET, se publica un nuevo convenio y si ha habido durante ese tiempo alguna novedad en el ET pero que no mejora lo que ya fijaba el Convenio y se limitan a hacer un copia y pega del literal vigente del ET pero que contradice (o empeora) otras previsiones del propio convenio respecto a ese mismo punto. En fin, todo un despropósito de Convenio y los que lo sufrimos, nos acordamos de los negociadores, que, para colmo, se permiten mantener un convenio durante más de 10 años vigente por ultraactividad para, después de tanto tiempo, sacar una chapuza aún mayor. Es de juzgado de guardia.
 

SGR

Nuevo miembro
Muchas gracias por tu respuesta, ya veo que no estoy equivoca al realizar la operación, pero me sorprendió la diferencia al realizar el cálculo en una fecha u otra.
Esperamos que para el próximo lo mejoren.
De nuevo Gracias.
 
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