Tengo unas dudillas sobre este convenio y espero que me podais ayudar:
La primera: Para la paga extraordinaria de beneficios especifica lo siguiente"la gratificacion de marzo en ningun caso sera divisible en mensualidades"
Yo por esto entiendo que no se puede prorratear mes a mes, es decir que obligatoriamente se debe pagar en marzo, entendeis lo mismo que yo¿¿¿¿¿
La Segunda: He visto que las tablas salariales de 2011 tienen un incremento del 3% que corresponde al IPC y un 2% adicional para suplir la antiguedad. Entiendo que aunque un trabajador empezara a trabajar en 2010 las tablas del 2011 que debemos aplicar el la del 2% (que aglutina la del 3% y el 2 % adicional)
La tercera: Si salieron publicadas el 4 de marzo de 2011, no he visto que establezca ningun plazo para pagar atrasos por lo que entiendo que se deberian haber aplicado en marzo y pagar SS en abril. Hay algo que yo no he visto, lo digo porque acabo de coger una empresa y todavia no tiene el convenio aplicado.
Muchas gracias por adelantado.
La primera: Para la paga extraordinaria de beneficios especifica lo siguiente"la gratificacion de marzo en ningun caso sera divisible en mensualidades"
Yo por esto entiendo que no se puede prorratear mes a mes, es decir que obligatoriamente se debe pagar en marzo, entendeis lo mismo que yo¿¿¿¿¿
La Segunda: He visto que las tablas salariales de 2011 tienen un incremento del 3% que corresponde al IPC y un 2% adicional para suplir la antiguedad. Entiendo que aunque un trabajador empezara a trabajar en 2010 las tablas del 2011 que debemos aplicar el la del 2% (que aglutina la del 3% y el 2 % adicional)
La tercera: Si salieron publicadas el 4 de marzo de 2011, no he visto que establezca ningun plazo para pagar atrasos por lo que entiendo que se deberian haber aplicado en marzo y pagar SS en abril. Hay algo que yo no he visto, lo digo porque acabo de coger una empresa y todavia no tiene el convenio aplicado.
Muchas gracias por adelantado.