Buenos días, entra una empresa nueva que tiene el convenio de Comercio Metal Madrid. El art. 8 establece un plus Transporte Urbano, que indica que NO Cotiza a Seguridad Social.
Mi pregunta es ¿puede un convenio establecer que un concepto no cotice cuando la ley indica lo contrario?
Que hacéis con el concepto cotiza o no.
Muchas gracias.
Mi pregunta es ¿puede un convenio establecer que un concepto no cotice cuando la ley indica lo contrario?
Que hacéis con el concepto cotiza o no.
Muchas gracias.