Convenio construcción madrid

Aict92

Miembro
Buenos días,
Me surge una duda:
En el convenio de la construcción de madrid, se prevé el artículo 16Bis contrato indefinido adscrito a obra.
Tras la reforma, el contrato indefinido adscrito a obra termina tras una propuesta de recolocacion que de no ser posible la misma, se extingue el contrato. Aquí aplica la indemnización del 7% sobre el convenio?
Si lleva un año la indemnización es del 7% sobre el total de las tablas del convenio?
Y otra cuestión, el art16 regula los fijos discontinuos de forma escueta, para obras intermitentes.
Que contrato les hacéis? El indefinido a obra extinguido al 7% o fijos discontinuos?
Gracias
 
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