CONVENIO DE LA MADERA DE BARCELONA

CHARO

Miembro conocido
Tengo una duda existencial, en artículo 27 de este convenio y refiriéndose a las bajas por accidente, habla de una indemnización del 100% del salario, y no habla de un complemento, haciendo también referencia al seguro obligatorio de accidentes que no acabo de entender. Así que no sé si se complementa al 100% o me está hablando de otros temas. Espesitaaaaaaaaaaa hoy ayssssssssssssssssssss
 

fundación

Miembro conocido
Pienso que la "indemnización del 100% del salario" sería el subsidio de baja más el complemento, como dices.
 

Marcos N

Miembro activo
De acuerdo con fundación. Hay que complementar hasta el 100% del salario. La redacción es un poco enrevesada, pero se entiende que hay que pagarle el salario al 100%. Puede despistar un poco esta redacción ..." considerados todos los conceptos cotizables en el seguro obligatorio de accidentes". Desde luego no sé qué han querido decir con esto, a lo mejor que hay que tomar la base de AT y EP (con posibles horas extras) para aplicar ese 100%, no le veo otro sentido.
 

Marcos N

Miembro activo
Pues va a ser que sí, fundación. De todas formas se han pasado unos pueblos con el copia y pega, deberían de actualizar los términos porque la legislación ha cambiado mucho desde entonces. Lo que viene a decir es que hay que pagar el 100% a excepción de dietas y otros pluses (que ahora cotizan) como quebranto de moneda etc. Lógico. Lo dicho, esa redacción es anacrónica. Saludos.
 

CHARO

Miembro conocido
Y, rizando el rizo, se podría interpretar que la primera parte del artículo que dice:

"En los casos de baja por incapacidad temporal con hospitalización, los trabajadores percibirán con cargo a la empresa y mientras dure esta situación, un complemento hasta el 100% de salario, y de existir convalecencia por dicha hospitalización, este derecho podrá ampliarse durante un período máximo de 7 días."

Podría estar refiriéndose tanto a la IT como a la AT, porque si os fijáis, habla de incapacidad temporal sin aclarar su naturaleza, por lo que quizás la segunda parte de la que hablamos, no sé esté refiriendo al complemento en caso de accidente, si no de algo que estuviera hace años y que se haya quedado ahí colgado sin que le encontremos el sentido.
 

Sergei

Miembro conocido
Este primer párrafo es para hospitalización sea cual sea la naturaleza (común o accidente) y el segundo solo a AT.

Una pregunta, diría que he intervenido en este hilo pero no veo mis respuesta de más arriba... estoy en lo cierto?
 

CHARO

Miembro conocido
Este primer párrafo es para hospitalización sea cual sea la naturaleza (común o accidente) y el segundo solo a AT.

Una pregunta, diría que he intervenido en este hilo pero no veo mis respuesta de más arriba... estoy en lo cierto?
No sale tu respuesta, no. De lo que dices, si es tanto para IT como AT, no tendría ningún sentido si el segundo párrafo dice que hay que complementar el accidente al 100%, porque ya se estaría haciendo independientemente de que hubiera hospitalización o no.
 

Sergei

Miembro conocido
No sale tu respuesta, no. De lo que dices, si es tanto para IT como AT, no tendría ningún sentido si el segundo párrafo dice que hay que complementar el accidente al 100%, porque ya se estaría haciendo independientemente de que hubiera hospitalización o no.
Tiene sentido si han ido añadiendo párrafos con los años manteniendo antiguos tal como estaban...
Yo tengo parametrizado que en it normal no hay complemento. Con hospitalización 100 % mientras dure (+ 7 si es el caso) y accidente el 100 %.

Ahora he mirado y me sale, además de este, un hilo con el mismo nombre en el que solo estamos los dos.... Raro, raro, raro...
 

CHARO

Miembro conocido
Muy buenas a todos. Hice la consulta a CECOT que es el gremio que participa de las negociaciones de los convenios e increíblemente me han llamado por teléfono para aclararme el tema. Como bien decíais el complemento por accidente es el 100% y es un añadido a otro párrafo que venía escrito de la Ley de reglamento de accidente que fundación hacia mención en este hilo. Me han dicho que llevan mas de 35 años sin reescribir los convenios y que van haciendo parches con muy poca habilidad por cierto. En fin, todo un detalle han tenido con ponerse en contacto conmigo, la verdad es que ya había descartado que me contestaran. Mil gracias a todos por vuestra ayuda.
 
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