Buenas tardes,
Revisando unas nómina de un cliente, veo que en 2021 no le actualizaron la nómina que venia percibiendo con el mismo salario de 2020.
El convenio colectivo nuevo, salió publicado en Noviembre de 2021 y en su artículo 5 indica;
"Para el año 2.021:No se aplicará revisión salarial, aplicándose las tablas salariales del año 2.020"
Pero en el mismo, se incorporan las tablas para el año 2021, incrementándose con respecto a las del 2020...
Entiendo que es una errata del literal del convenio, ya que en 2021 deben pagar el salario publicado para 2021 en Noviembre de 2021 y regularizar mediante atrasos las diferencias generadas desde enero de 2021.
Estoy en lo cierto verdad?
Revisando unas nómina de un cliente, veo que en 2021 no le actualizaron la nómina que venia percibiendo con el mismo salario de 2020.
El convenio colectivo nuevo, salió publicado en Noviembre de 2021 y en su artículo 5 indica;
"Para el año 2.021:No se aplicará revisión salarial, aplicándose las tablas salariales del año 2.020"
Pero en el mismo, se incorporan las tablas para el año 2021, incrementándose con respecto a las del 2020...
Entiendo que es una errata del literal del convenio, ya que en 2021 deben pagar el salario publicado para 2021 en Noviembre de 2021 y regularizar mediante atrasos las diferencias generadas desde enero de 2021.
Estoy en lo cierto verdad?