Convenio mayoristas e importadores productos químicos. Clausula revisión confusa.

CC2019

Miembro activo
Buenos días compañeros.

A la vista del siguiente artículo del convenio:

Artículo 53. Cláusula de revisión salarial 2021, 2022 y 2023.
En el supuesto de que la suma del Índice de Precios al Consumo (IPC) general español correspondiente a los años 2021, 2022 y 2023 resulte una cifra superior a la suma de los incrementos pactados en el presente convenio colectivo para los referidos años, se procederá a regularizar los conceptos económicos regulados en el presente convenio colectivo, sin efectos retroactivos, en la diferencia existente.
Los nuevos valores obtenidos servirán de base para el cálculo de los incrementos salariales que pudieran pactarse para el año 2024.

Y del acta de la comisión negociadora que acaban de publicar

Habiéndose constatado que la suma de los Índices de Precios al Consumo (IPC general) establecidos por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a diciembre de cada uno de los años 2021, 2022 y 2023 es del 15,3 % (6,5 % de diciembre de 2021 + 5,7 % de diciembre de 2022 + 3,1 de diciembre de 2023) y que la suma de los incrementos pactados en el artículo 54 del convenio colectivo para cada uno de los referidos años es del 4,6 % (1 % de 2021 + 1,6 % de 2022 + 2 % de 2023), resulta que se ha producido una diferencia del 10,7 % entre ambos sumatorios y debe, por tanto, aplicarse la revisión salarial prevista en el artículo 53 del referido convenio. En consecuencia, la revisión a efectuar será del 10,7 % a aplicar sobre las tablas del 2023, sirviendo éstas como base de salario para los posibles incrementos de 2024 que puedan resultar de la negociación del nuevo convenio colectivo.

¿Entendeis que habría que hacer atrasos de 2023, o al no haber efectos retroactivos empezaríais a pagar según nueva tabla a partir de éste mes y a la espera de la publicación del convenio con las tablas de 2024?

Muchas gracias y un saludo.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Yo sólo tengo un trabajador en este convenio y si he calculado atrasos 2023 puesto que publican tablas definitivas. No así respecto 2022 y 2021.
Lo del 10,7% de golpe, pues no veas cómo sienta...
Y en cuanto a la antigüedad, como no dicen nada..., de momento la he dejado igual.
 

Lolilla

Miembro
Yo sólo tengo un trabajador en este convenio y si he calculado atrasos 2023 puesto que publican tablas definitivas. No así respecto 2022 y 2021.
Lo del 10,7% de golpe, pues no veas cómo sienta...
Y en cuanto a la antigüedad, como no dicen nada..., de momento la he dejado igual.
Pero ponen que servirán de cálculo para los salarios del 2024 pero que no existirá retroactividad. Yo entiendo que no hay que hacer atrasos
 

bunbukybcn

Miembro
Yo también entiendo que es sin efectos retroactivos, se actualizan las tablas que servirán de cálculo para el 2024. Se pueden aplicar ya estas tablas o supongo que se puede esperar a las definitivas del 2024, y pagar atrasos de estos meses en ambos casos.
 

CC2019

Miembro activo
Yo también entiendo que es sin efectos retroactivos, se actualizan las tablas que servirán de cálculo para el 2024. Se pueden aplicar ya estas tablas o supongo que se puede esperar a las definitivas del 2024, y pagar atrasos de estos meses en ambos casos.
Yo entiendo igual, creo que voy a esperar a que salgan las definitivas de 2024 y entonces ya veremos
 

Lolilla

Miembro
Además es que no pone ni plazos para abono y cotizaciones de salarios retroactivos por lo que entiendo que no hay retroactividad.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Creo que tenéis razón, pero lo que no ponga plazos ni nada da igual, porque el la mayoría de ocasiones, al menos en los convenios que toco, nunca indican plazos de abono, o en muy contadas ocasiones si lo han hecho.
 

Rosa2018

Miembro activo
Pone según artículo 53 y en ese artículo establece sin efectos retroactivos por lo que entiendo que no hay atrasos del año 2023.
Yo no los hice. Solo los hago del año 2024
 

Rosa2018

Miembro activo
Como pone que sirve de base para los salarios del año 2024..entiendo que lo tenian que haber cobrado desde enero por eso hice diferencias de enero.
 

Marex

Miembro
Buenas noches, mi interpretación es que no hay pago retroactivo del resto de ejercicios, la subida es desde enero de 2023.
 
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