Convenio mayoristas e importadores productos químicos. Clausula revisión confusa.

Marex

Miembro
Marex pero por qué? No lo entiendo pone sin retroactividad
Porque así lo refleja el convenio ".En consecuencia, la revisión a efectuar será del 10,3 % sobre la Masa Salarial Bruta de las empresas, debiendo abonarse los nuevos valores que procedan con efectos desde el 1 de enero de 2024"
 

nekeide

Miembro activo
Buenas al hilo de este convenio con la publicación del nuevo convenio ahora si hay que hacer atrasos de 2024 y de cara a tablas de 2025 que importes son?
 

YOLI

Miembro activo
pero en el convenio a pesar de que pone esos incrementos sólo aparecen publicadas las del 2024, las del 2025 no están porque supongo que están pendientes de esto.

es que hay otra revision

Artículo 55. Cláusula de revisión salarial.
En el caso de que el IPC establecido por el INE registrase a 31 de Diciembre de cada año de vigencia del presente Convenio Colectivo una variación respecto al 31 de Diciembre del año anterior superior al incremento pactado para cada año, se efectuará una revisión salarial tan pronto se constate oficialmente la variación sobre la indicada cifra, con el tope del 1 % en los años 2024 y 2025 y del 2,5 % en el año 2026. Esta revisión salarial no tendrá efectos retroactivos y servirá como base para la aplicación del incremento salarial del año siguiente.
 
Arriba