Convenio peluquerias de Alava

Argi

Miembro conocido
Hola,
Este convenio finalizó en el 2009. El convenio de alava (mas de 15 años sin renovarse) tiene alguna condición beneficiosa sobre el estatal (básicamente horas anuales y complemento de IT)
A las nuevas empreasas que me entran, les aplico el estatal.
Pero a las antiguas, las que en su día estuviero bajo el paraguas del convenio provincial, lo que hago es adecuar salarialmente a lo que marca el estatal y mantener las horas anuales y el complemento IT a lo del provincial.
Me sugen dudas de si puedo redactar un acuerdo y pasar a las trabajadoras al estatal con todas sus consecuencias o si este acuerdo carecería de validez legal (aunque se firme) por el tema de la irrenunciabilidad de derechos...
 

Wastual

Miembro conocido
- El Convenio "Peluquerías, Institutos de Belleza, Gimnasios y Similares" de ámbito estatal, desde su origen, viene incluyendo, en su art. 8.2, idéntica redacción de cómo aplicar en este sector lo que el "principio de condición más beneficiosa": el mismo dispone que, en efecto, aquellas que se vinieran reconociendo a las personas trabajadoras, que fueran mejores global y anualmente consideradas, ya fuera por acuerdo individual o convenio territorial inferior, deben ser respetadas.

Por tanto, compañero, personalmente, yo hubiera aplicado lo mismo, ahora bien, sólo a aquellas personas trabajadoras que siguieran vinculadas a las empresas afectadas desde algún momento en el que el convenio estuviese en vigor (y hay opinión en contrario a respetar lo anterior cuando tal hecho se produce durante el periodo de ultraactividad).

Y por ello, ese colectivo en concreto, considero que ningún efectos podría tener el "acuerdo" que propones y por el motivo que indicas: indisponibilidad por voluntad de las partes de tales derechos.
 
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