Viendo la última nota informativa del RDL 10/2010 de la Subdireccion Gral Pollit. activas de Empleo entiendo que permite acogerse a la modalidad de fomento de la contratación indef. " las conversiones de los contratos de duración determinada vigentes a 18/6/10 y se realicen antes del 31/12/10"
pero lo que no me queda claro es si tienen bonificación al no ser ni formativo, ni de relevo , ni de sustitución por antic edad jubilación.
Por otro lado ¿que nº de contrato hay que indicar en SS?
gracias de antemano
pero lo que no me queda claro es si tienen bonificación al no ser ni formativo, ni de relevo , ni de sustitución por antic edad jubilación.
Por otro lado ¿que nº de contrato hay que indicar en SS?
gracias de antemano