COTIZACIÓN GRUPO 3 A MEDIA JORNADA.

Ichitaka Seto

Miembro activo
Hola a tod@s:

Trabajo con Nominasol y creo que he configura algo mal o, mejor dicho, no sé como configurarlo bien.

El caso es que desde este mes los trabajadores acordaron con la empresa hacer media jornada por la historia esta de la pandemia y los recortes en el horario de apertura al público.

El problema lo tengo con el Jefe Administrativo: Grupo 3 de Cotización.

Siempre he pensado que si la nómina normal supera el mínimo de cotización, la de media jornada también ya que la base mínima también es la mitad, ¡vamos, que si 6 es superior a 4 entonces 3 también lo es de 2!

El problema debe estar en el número de horas. Según el convenio, la jornada es de 39 horas semanales; esto supone 156 horas a jornada completa este mes de Febrero y 78 a media jornada. Pues el programa señala como horas "trabajadas" 195 y no sé como calcula esa cantidad.

Además, dice que las bases de cotización son erróneas pues el mínimo para "Base de contingencias comunes" es de 1.242'15 € y la "Base de contingencias profesionales" es de 1.234'35 € ¿No deberían ser iguales al no haber existido horas extras en ningún momento?

La base mínima de cotización por hora en el grupo 3 es de 6'37 (si no estoy equivocado) por lo que la base mínima de cotización sería 78 * 6'37 = 496'86 €; por lo que si la base de cotización (remuneración del mes más la prorrata de las pagas extras) es superior a esa cantidad, no debería haber problema.

¿En qué me equivoco?

Salu2.  8)
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Gracias Toni... ¡espero que el bicho no te haya dejado ninguna secuela!

Aunque no encuentro de dónde sacas ese "precio/hora", el resultado de 78 * 6'73 = 524'94 € sigue siendo inferior a la base de cotización por lo que no entiendo por qué "complementa" hasta 1.241'15 € en contingencias comunes o 1.234'35 € en contingencias profesionales, ni por qué ésta es inferior a aquella, ni porqué ambas son superiores a los 1.057'80 € que según las tablas es la base mínima de cotización para el grupo 3.

¡¡Estoy perdido!! :-[ En la web de la Seguridad Social, siguen con las bases de cotización de 2019... qué parece que son las vigentes en 2021 ¡hasta que se publique el nuevo SMI! (que no se ha publicado todavía, ¿verdad?). Sin embargo, buscas en "San Google" y aparecen cantidad de "posibles" tablas y artículos que juegan a futurólogos de las bases que se van a publicar.  :eek:

Salu2.
 

toni

Miembro conocido
En enero del 2020 al igual que en enero de este año la TGSS pasó a los programas de nóminas la actualización de las BC en concordancia con la subida del SMI, que al final no se llegaron a publicar. Por eso te decía que probaras con 6'73 por si tu programa las había actualizado. El mío me dio la opción de seguir con las bases del 2019 o aplicar la subida y, temiéndome que al final van a recaudar a base de regularizaciones yo he optado por aplicar la subida. Por eso te decía que probaras con 6'73 que se supone será la mínima a TP del grupo 3.
Es arriesgado? Si, pero creo que en caso de regularización saldré ganando.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Gracias Toni, pero lo que no entiendo es de dónde se sacan los "mínimos" de 1.241'15 y 1.234'35 .

He encontrado donde están definidas las tablas y tienen marcadas las de 2020 y 2021 como provisionales, y son las mismas que las de 2019; es decir, según lo publicado.

Voy a seguir investigando el programa por si encuentro alguna aclaración.

Salu2.  8)
 
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