Cotización concepto AYUDA ESTUDIOS

Pelayo

Nuevo miembro
Buenos días,

Voy a dar de alta a un becario que realizará prácticas remuneradas. Para abonarle dichas prácticas utilizaré un concepto estándar como el de AYUDA ESTUDIOS pero tengo mis dudas si tengo que desmarcar los "checks" de cotización y de IRPF. Entiendo que sí porque tienen una cotización especial diaria, pero no lo tengo claro.
¿Me podéis echar una manita?
 

Pelayo

Nuevo miembro
Me contesto a mí mismo porque acabo de encontrar la explicación:

Para prácticas no remuneradas:​

  • Contingencias comunes: 2,67 €/día a cargo de la entidad formativa.
  • Contingencias profesionales: 0,33 €/día a cargo de la entidad formativa:
    • De los cuales, 0,17 euros corresponden a la contingencia de incapacidad temporal.
    • Y 0,16 euros a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
  • Cada día de práctica no remunerada se considera como 1,61 días cotizados.
  • La cuota máxima mensual por contingencias comunes es de 60,76 euros.
  • La cuota máxima mensual por contingencias profesionales es de 10,94 euros:
    • De los cuales, 7,38 euros corresponden a la contingencia de incapacidad temporal
    • Y 3,56 euros a las de incapacidad permanente y muerte y supervivencia

Para prácticas remuneradas:​

  • Se aplican las normas generales de cotización del Régimen General de la Seguridad Social.
  • La base de cotización dependerá de la remuneración percibida por el becario.
  • Se aplica una reducción del 95% en las cuotas de la Seguridad Social.
 

Naialaboral

Miembro activo
Me contesto a mí mismo porque acabo de encontrar la explicación:

Para prácticas no remuneradas:​

  • Contingencias comunes: 2,67 €/día a cargo de la entidad formativa.
  • Contingencias profesionales: 0,33 €/día a cargo de la entidad formativa:
    • De los cuales, 0,17 euros corresponden a la contingencia de incapacidad temporal.
    • Y 0,16 euros a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
  • Cada día de práctica no remunerada se considera como 1,61 días cotizados.
  • La cuota máxima mensual por contingencias comunes es de 60,76 euros.
  • La cuota máxima mensual por contingencias profesionales es de 10,94 euros:
    • De los cuales, 7,38 euros corresponden a la contingencia de incapacidad temporal
    • Y 3,56 euros a las de incapacidad permanente y muerte y supervivencia

Para prácticas remuneradas:​

  • Se aplican las normas generales de cotización del Régimen General de la Seguridad Social.
  • La base de cotización dependerá de la remuneración percibida por el becario.
  • Se aplica una reducción del 95% en las cuotas de la Seguridad Social.
Genial, gracias
 
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