Cotización correspondiente al trabajador en IT

Jotajota70

Nuevo miembro
Buenos días,
Tengo una duda...
Un trabajador con baja IT por enfermedad común el día 16 y que percibe los 12 días restantes del mes al 60% pagando la empresa, ¿se le debe descontar en la nómina su parte correspondiente de contingencias comunes, desempleo y formación profesional o solo se cotiza por la parte que corresponde a la empresa?.
¿Ha habido algún cambio reciente en este tema?
Muchas gracias. 
 

Ro

Miembro activo
Creo que mezclas la retribución con la cotización. El trabajador aunque está de baja cotiza todo el mes y en función de su BC tendrá los descuentos de ss en su nómina.
 

Jotajota70

Nuevo miembro
Buenos días,
Resuelta la duda: Se trata de un trabajador del REM que a partir del día 16 de la baja tiene pago directo de SS, por lo que en la nómina no procede descontarle la cuota de la parte del trabajador (que tampoco aparece en la liquidación del recibo de cotización).
Un saludo.
 
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