Cotización de Salarios de Tramitación en IT.

carloslugo

Miembro activo
Tengo que abonar unos salarios de tramitación por NULIDAD de un despido , y resulta que en el periodo de abono de estos salarios el trabajador estaba de baja por IT en pago directo , por lo que estuve mirando el tema y considero que no le corresponden ..salvo el complemento que se le abonaba que tenía reconocido como mejora. La sentencia establece una cuantía diaria para el pago de los salarios de tramitacion de 41,42€ ( son del año 2023 ) . Mi duda está en cuanto a la COTIZACION de estos salarios ...aunque no tenga derecho a percibirlos se le deben cotizar ??? ... si se le paga el complemento de la IT al que tendría derecho ..... este concepto tendría que cotizarse ..... en algún sitio vi ..que en estos casos aunque no tenga derecho a percibir los ST habria que cotizarlos ???
Un saludo ,
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
CarlosLugo
 

carloslugo

Miembro activo
y la cotización me indican desde casia que debe ser con una L02 , ellos ya procedieron a grabarme el tramo de los salarios de tramitacion .... seria lo correcto ..ya que en algun sitio se hablaba de una L90...
gracias
 

DavidGA

Miembro activo
Por si te sirve, en un caso que tuve yo, salario diario para los salarios de tramitación 60 €/día (Ejemplo de cantidades aproximadas, porque no me acuerdo del salario real). Consiguió otro empleo en el periodo coincidente con los salarios de tramitación durante 2 meses, pero cobrando menor salario p.e 45 €. Se le tiene que pagar 15€ durante esos 2 meses, pero tuve que cotizarle por la base mínima de su grupo durante esos 2 meses también. (Lo pelee pero desistí finalmente).

Bajo mi punto de vista, durante la IT no se generan salarios de tramitación aunque si el complemento a que obligue el convenio colectivo

El complemento de la IT no cotiza en circunstancias normales.

L02 creo que hice

A ver si algún compañero aporta algo más
 

carloslugo

Miembro activo
me indica una compañera que debería hacerle los salarios de tramitacion en pago delegado al estar en IT , cotizarlos y que la trabajadora tendría que devolver lo percibido por el pago directo del INSS ......el caso es que les envié un casia para saber como tenía que proceder y solo me dijeron que cotizara el tramo mediante una L02 .... estoy confuso ....ja,aja,ja
 

MARTALCAB

Miembro activo
Tengo que abonar unos salarios de tramitación por NULIDAD de un despido , y resulta que en el periodo de abono de estos salarios el trabajador estaba de baja por IT en pago directo , por lo que estuve mirando el tema y considero que no le corresponden ..salvo el complemento que se le abonaba que tenía reconocido como mejora. La sentencia establece una cuantía diaria para el pago de los salarios de tramitacion de 41,42€ ( son del año 2023 ) . Mi duda está en cuanto a la COTIZACION de estos salarios ...aunque no tenga derecho a percibirlos se le deben cotizar ??? ... si se le paga el complemento de la IT al que tendría derecho ..... este concepto tendría que cotizarse ..... en algún sitio vi ..que en estos casos aunque no tenga derecho a percibir los ST habria que cotizarlos ???
Un saludo ,
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
CarlosLugo
Yo estoy de acuerdo que durante la IT no se generan salarios de tramitacion, pero si el complemento. Por curiosidad la nulidad fue por hacer un despido en periodo de IT? es reciente la sentencia supongo?
 

carloslugo

Miembro activo
La nulidad la decreto por varios motivos , no solo por estar la trabajadora en IT , sino por dar un fin de contrato en un contrato de interinidad con defectos de forma .... basicamente sin preavisar a la trabajadora y consideró que como agravante la misma estaba en situacion de IT ..... dictó despido nulo pero solo con derecho a salarios de tramitacion de unos pocos días ...una sentencia un poco rara...la verdad....
 
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