Cotización empleada hogar incorrecta

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas
Hemos detectado que a una trabajadora del hogar no se le ha aplicado la subida del SMI y por lo tanto, se ha cotizado de menos desde 01.2019.
¿La TGSS podría reclamar desde 01.2019? ¿O serían 12 meses atrás? Es decir, ¿desde marzo 2020 a marzo 2021?
 

laboris

Miembro
Buenos días.

Te lo pueden reclamar y de hecho tienes hasta el 31/03/2021 para regularizarlo sin que te sancione la Inspección de trabajo.

https://www.mites.gob.es/itss/web/Documentos/CAMPANA_Servicio_HOGAR/index.html

Un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Eso, si te llega la cartita. Yo, las que tengo a tiempo parcial, pago a prorrateo, nada de 7,43 la hora. De momento, nadie me ha dicho nada.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
A mi sí, pero no la seguridad social.  Fue la empleada de hogar a la seguridad social y la empleadora me llamó luego que la tenía indignada porque le dijeron que le tenían que pagar 7,43 euros y le pagaban menos.  Me llamaron y les explique, que ya lo había hecho al principio (pero ya sabemos sisisi vale lo que tu digas, pero todo se olvida....). Que eligieran o eso y en vacaciones y pagas extras nada, o nomina normal todos los meses y las pagas, aunque creo que estaban prorrateadas...  A día de hoy no me han dicho nada de si cambiarlo o no, espero que se hayan entendido.  Pero yo como Fernando, a porcentaje todos... si luego les pagan lo que les da la gana...  Ahora, que me quedan las ganas de presentar algún escrito diciéndoles que se aclaren con el tema de los salarios horas y mensuales, que lo tienen fatal preparado en los formularios/web  (la misma jefa de afiliación de la provincia me dijo que estaba hasta el gorro también, que le gustaría conocer a los técnicos que han preparado las cosas, que no lo entendía ni ella... pa que veas)
 

laboris

Miembro
Yo he preguntado en Casia y me dicen que la hora debe estar a 7,43e, asi que lo estoy enviando para que lo regularicen, que por cierto no hacen nada mas que ponerme pegas, que si tienes que enviar copia de los dni´s, que si tienes que poner la retribución mensual en el TA2....
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Nosotros en el alta la hora la ponemos a 7.43 euros la hora.  Pero es para cotización. La nómina es otra cosa y la hacemos a porcentaje de tiempo parcial.
 

laboris

Miembro
En la variación (modelo TA2) me piden la hora y la retribución, entiendo que debería coincidir el precio de hora con la retribución mensual....
 

SHGOROEL

Miembro conocido
En el manual de empleadas de hogar hay un ejemplo y lo hago como allí pone  en la pag 27.  Lo que pasa es que es una alta de 2017 y pone salario hora 6,25.  Ahora tendrás que poner 7.43. Y si multiplicas 6.25*80 salen 500.  No puedo insertar el manual que tengo guardado que es muy grande...
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Perdon, el manual que existe ahora han cambiado los datos, pero hacen lo siguiente 6.93*25*4  (alta del 2020????? salario 6.93 alucino)  , 25 horas semanales * 4 semanas, mensual 693...  ::)
 

PEDRO

Miembro conocido
Esta cuestión a ha sido tratado en otros temas abiertos. Yo estoy con Fernando, la propia pagina del Ministerio de Trabajo te habla de que el salario "se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a prorrata si se realiza una jornada inferior.". El pago de la hora a 7,43€ responde a aquellos trabajadores que trabajan menos de 120 días al año. Somos muchos los que leyendo la norma eso entendemos, hasta la propia OCU es su página lo dispone
"Cuando el empleado presta sus servicios 120 o más días al año en el domicilio del empleador, su retribución debe ser como mínimo igual al SMI o salario mínimo interprofesional (si la jornada es completa, es decir, de 40 horas semanales) o a la parte proporcional del SMI que corresponda al tiempo trabajado (si no trabaja a jornada completa). El SMI en 2020 es de 31,66 euros/día si el salario es establecido por días, o 950 euros/mes, si lo es por meses. Además, el empleado tiene derecho a dos pagas extraordinarias de importe suficiente para garantizar el pago en metálico del SMI anual, que es de 12.600 euros (950 euros x catorce pagas). Si el salario pactado total de los doce meses ya alcanza la cifra del SMI anual indicado, no hay obligación de dar pagas extras".
 

Fedayn

Miembro
SHGOROEL dijo:
En el manual de empleadas de hogar hay un ejemplo y lo hago como allí pone  en la pag 27.  Lo que pasa es que es una alta de 2017 y pone salario hora 6,25.  Ahora tendrás que poner 7.43. Y si multiplicas 6.25*80 salen 500.  No puedo insertar el manual que tengo guardado que es muy grande...

Interesa contar con un manual. ¿Puedes poner algún link para descargarlo o sabes cómo se puede buscar?

Gracias!!
 

SHGOROEL

Miembro conocido
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http://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/4d2f2e72-c1f1-4888-bd46-fd2e5b6ca7c7/Manual+del+Servicio+Alta+para+Empleados+de+Hogar+RED.pdf?MOD=AJPERES&CVID=

No es la panacea, los datos del ejemplo lo saco de la foto que tienen para explicar como se rellena, pero por lo menos es algo...
 

msalem

Miembro
SHGOROEL dijo:
Perdon, el manual que existe ahora han cambiado los datos, pero hacen lo siguiente 6.93*25*4  (alta del 2020????? salario 6.93 alucino)  , 25 horas semanales * 4 semanas, mensual 693...  ::)

entonces, por lo que veo el sistema te dejará poner, la parte proporcional de la jornada, en el ejemplo 25 horas/sem: 1108,33*25/40 = 693 €/mensuales
y su precio hora: 25*4 = 100 hrs/mes ; 693/100= 6.93

entiendo que cuando hablan de precio hora en el ejemplo del manual de 6,93, este es el precio hora de cuando retribuyes a proporción del SMI (1108.33 / 160 horas (jornada completa) = 6,93 €, en caso que vayas a retribuir por horas (menos de 120 días /año) si será 7,43 €

yo lo estoy entendiendo así, pero me trae de cabeza y aún tengo muchísimas dudas...
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Si, yo también voy a ojo, y tengo mil dudas. Me baso en lo que pone allí, pero siempre aplico 7.43 *horas sem * 4.  Es que no llego a entender cual es su lógica, porque ni siquiera todos los meses tienen 4 semanas, ni tienen las mismas horas, ni na.  Lo que hago es comprobar que luego con la nómina que saco del programa me lleva al mismo tramo que el que he dado de alta en red...  Con lo fácil que sería poner la base mensual y punto pelota. 
 

pepelu

Miembro activo
Una pregunta sobre la retribución por horas a 7,43. En ese precio va incluido todo, salario, vacaciones, paga extra...Si en agosto se quiere coger vacaciones, la nómina entiendo que se dejará a 0 porque no trabaja. ¿y si ese mes no trabaja ¿porque hay que pagar la seguridad social? Habría que darle de baja? O las que trabajan por horas no tienen derecho a irse de vacaciones?
 

NOEMI

Miembro conocido
Pero no podemos darles de baja porque se pierde el derecho a la reducción de cuotas si vuelves a darle de alta.vamos todo un Cristo
 
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