Cotización empleada hogar incorrecta

Cachilipox

Miembro conocido
Aparte de la pérdida de reducción de cuotas ¿cual sería la causa o razón de la baja?
¿Despido, desistimiento, dimisión, pase a inactividad de fijos discontinuos,...?
No existe la causa de baja por cobrar y cotizar 0,00 €.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
En mi opinión no hay que darle de baja, por el mismo motivo que no le das de baja si le pagas las horas sin las vacaciones incluidas, es decir, con una nómina "normal".
 

CRISLAB

Nuevo miembro
Buenas,

Por si os sirve de ayuda. Yo lo hago todo a porcentajes, es decir, si la empleada trabaja 20 horas a la semana le aplico un 50 % al SMI y lo pongo tal cual en la retribución cuando tramito el alta. Y a mí no me ha llegado ninguna carta de la ITSS de regularización de las cotizaciones. Como me habéis puesto en duda, he escrito un Casia y me han respondido lo siguiente:
"Buenos días. Si es en régimen externo a tiempo parcial el salario mínimo por hora es de 7,43 multiplicado por las horas que realice. Gracias, un saludo"
Entonces, entiendo como Pedro y Fernando. Si la trabajadora trabaja menos de 120 días al año --> 7.43 € hora, tanto en retribución como en cotización. Si la trabajadora trabaja más de 120 días al año --> 6.93 € hora, tanto en retribución como en cotización.
Yo lo voy a seguir haciendo tal cual lo he hecho hasta ahora.
 

IRIA80

Miembro
DONDE VIENE RECOGIDO QUE SI LA TRABAJADORA TRABAJA MENOS DE 120 HORAS DE DÍA AL AÑO CALCULAMOS EL SALARIO POR HORA?
 

IRIA80

Miembro
Gracias. Por lo que veo no aparece recogido el contrato eventual de duración determinada para las empleadas de hogar. Si no es para una cosa puntual hacéis un contrato indefinido??
 

toni

Miembro conocido
Gracias. Por lo que veo no aparece recogido el contrato eventual de duración determinada para las empleadas de hogar. Si no es para una cosa puntual hacéis un contrato indefinido??
402 o 502 no existe, 401 o 501 y los indefinidos.
 

fundación

Miembro conocido
Y que hacéis un fin de obra con fecha fin??

 

SHGOROEL

Miembro conocido
RD 1620/2011 y ultimamente RD 817/2021
He participado en una WEBINAR de ASEPEYO por el tema de personal del hogar. Lo de los 120 días no es así... Han comentado que para determinar o no el salario mensual o el salario por horas sólamente están a lo pactado individualmente. No hay en la normativa nada que establezca un límite para pagar o no por horas. Puedes tener a un empleado del hogar 5 horas semanales y pagarle de forma proporcional mensual o pagarle por horas. La referencia a los 120 días de eventuales y temporeros es sólo para ellos... A los empleados del hogar lo único que les afecta el artículo 4 del RD 817/2021 es lo referente a los 7.55 para las retribuciones por horas de externos.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Y para determinar si un trabajador tiene retribución o no proporcional o por horas han dicho que ellos miran en el contrato de trabajo lo que pone. Total que nosotros en el contrato no ponemos nada.. sólo SMI... Y total que dicen en la webinar que en el SEPE el contrato que tienen colgado indicas si la retribución es mensual o por horas.... que no pone absolutamente nada, bueno miento, en el contrato del sepe tienes que indicar si es diario, semanal, mensual o anual... Lo tienes que poner a manita. O sea que a partir de ahora poner expresamente en los contratos como va a ser el sistema de retribución para no tener problemas.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Antes de la webinar tenias que enviar las dudas, y les lancé la pregunta de como "coño":oops: rellenar los datos de retribución mensual, número de horas de trabajo mensual y horas de trabajo a la semana, porque no todos los meses son iguales, porque nos dan muchas veces error y al final lo ponemos a ojo... Pero de ese tema no han contestado nada, ni comentado nada
 
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