Hola, tengo un caso así, un trabajador en IT que se jubila este mes y no ha podido disfrutar las vacaciones y hay que pagárselas, lógicamente. ¿Tendría que hacer L13 y en la baja en SAA 001? No me queda claro este caso y en casia no me ayudan.El trabajador no va a recibir ningin tipo de retribucion por vacaciones pendientes de disfrutar por pase a jubilación. Como futuro pensiomista, tenía que haber disfrutado todas sus vacaciones antes del acceso a la misma. Solo existe una excepción, si proviene de una situación de I.T al iniciar la jubilación; en este caso tendrá el derecho a la retribución de las vacaciones pendientes.