enevalaboral
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Tengo que incluir en la nómina de julio un bonus de devengo trimestral (corresponde al trabajo de abril a junio). He leido de todo y no me aclaro. Tengo que cotizarlo en una L03 de abril a junio?
No, la L03 es de enero a junio. Los bonus con devengo superior al mes se prorratean en todo el año, como bien dice IVOHola si corresponde a abril a Junio, una L03 como dices de Abril a junio, con fecha de control 07/25
Exacto. Que se han cruzado nuestras respuestasNo, la L03 es de enero a junio. Los bonus con devengo superior al mes se prorratean en todo el año, como bien dice IVO
CASIA esta lleno de gente que no tiene ni idea de leyes de laboral, practicamente analfabetos en la materia. Mi recomendacion es que hagas caso al foroYa que me había quedado claro que en 12 meses, la contestación de CASIA
Pero la L03 como la hiciste, solo del trimestre o de lo que llevabais de año? Y claro, si fue en abril por ejemplo lo hiciste bien seguro porque solo habia 3 meses que liquidar. En cualquier caso, que un inspector no incida en algo (porque le da igual o porque se le pasa) no quiere decir que este bien hecho.Yo ya se que este tema de los 12 meses está muy trabajado pero hace poco tuve una inspección de un asunto similar; por si aporta...
Se había liquidado una L03 por un bonus de devengo trimestral y abono al mes siguiente y nos pidió información de esa liquidación.
Requirió especialmente la justificación por parte de la empresa de porque su devengo trimestral, su criterio de cuantificación y porque esa fecha de pago; la empresa lo aportó ya que lo tiene recogido en el Convenio ( es un convenio de Empresa).
Se aceptó la liquidación una vez justificados los extremos comentados y no se mencionó lo de los 12 meses famosos....ahí se acabó sin mayores problemas.
Efectivamente entonces no te comento nada porque no habia nada que comentar. La L03 se hizo como se debia hacer (no habia mas meses que poder liquidar), la cosa entiendo que ese bonus lo seguiste cotizando de mayo a diciembre.El devengo era de Enero a Marzo y se liquidó y cotizó con fecha control del 25 de Mayo; el convenio establece el pago en el mes segundo del trimestre siguiente al de su devengo.
No claro, si no lo hubiera comentado....Efectivamente entonces no te comento nada porque no habia nada que comentar. La L03 se hizo como se debia hacer (no habia mas meses que poder liquidar), la cosa entiendo que ese bonus lo seguiste cotizando de mayo a diciembre.