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Perdon por no explicarme mejor. En concreto me referia a si se abonan al trabajador cantidades superiores a la indenminzación estipulada de 45 días por año de servicio.
Otra cosa es la tributación a Hacienda, de la cual está exenta la cantidad legal que corresponda o la fijada por sentencia. A partir de ahí tributa, con la consideración y peculiaridades de si es renta irregular, etc.
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