COTIZACION INDEMNIZACION POR DESPIDO

fundación

Miembro conocido
La indemnización por despido no cotiza a Seg. Social.

Por cierto, que has dejado perplejo a Fernando  :D
 

nitritos

Nuevo miembro
Perdon por no explicarme mejor. En concreto me referia a si se abonan al trabajador cantidades superiores a la indenminzación estipulada de 45 días por año de servicio.
 

calamog

Miembro
Si abonas cantidades superiores a 45 dias x año ( max. 42 mens.), el exceso cotizaran para el IRPF, y no para la Seg. Social.

saludos.
 

fundación

Miembro conocido
Pues sigue sin cotizar.

Otra cosa es la tributación a Hacienda, de la cual está exenta la cantidad legal que corresponda o la fijada por sentencia. A partir de ahí tributa, con la consideración y peculiaridades de si es renta irregular, etc.
 

JuanM

Nuevo miembro
Para evitar así la conocida "picaresca española" y meter gastos a la empresa.

Chaoo
 
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