V
val2005
Guest
Buenos días.
A ver si me podeis echar un cable porque ando perdido y no me aclaro con sistema red.
Trabajadora despedida el 19/11/2009. En ese momento esta de baja de IT por contingencias comunes.
El 24 de febrero de 2010 se llego a acuerdo en el acto de conciliación previo al juicio y se declara lo siguiente: "la parte demandada reconoce la nulidad del despido y se compromete a reincorporarla con el abono de los salarios de tramiotación devengados desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido, que la empresa reconocer adeudar a la trabajadora el periodo de incapacidad temporal hasta el 18 de enero de2010 y se compromete a abonarle los salarios de tramitación desde el 19 de enero de 210 hasta su reincorporación el próximo 3 demarzo de 2010, que la cantidad total de salarios de tramite por la cuantia diaria de 29,87 euros/día x 43 días asciende a 1284,41 euros."
El Inss me dice que se le ha pagado a esta señora por la baja de IT.
Según el acta ¿que tengo que hacer?
1) Liquidacion de noviembre y diciembre y hasta el 18 de enero pagandole por la IT y despues una liquidacion de salarios de tramitación desde el 19 de enero de 2010 al 3 de marzo de 2010
ó
2) ¿teniendo en cuenta que el Inss le ha estado pagando a esta señora hasta el 18 de enero, simplemente hacer la liquidacion por salarios de tramitación desde el 19 de enero de 2010 al 3 de marzo de 2010?.
Gracia por la ayuda
A ver si me podeis echar un cable porque ando perdido y no me aclaro con sistema red.
Trabajadora despedida el 19/11/2009. En ese momento esta de baja de IT por contingencias comunes.
El 24 de febrero de 2010 se llego a acuerdo en el acto de conciliación previo al juicio y se declara lo siguiente: "la parte demandada reconoce la nulidad del despido y se compromete a reincorporarla con el abono de los salarios de tramiotación devengados desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido, que la empresa reconocer adeudar a la trabajadora el periodo de incapacidad temporal hasta el 18 de enero de2010 y se compromete a abonarle los salarios de tramitación desde el 19 de enero de 210 hasta su reincorporación el próximo 3 demarzo de 2010, que la cantidad total de salarios de tramite por la cuantia diaria de 29,87 euros/día x 43 días asciende a 1284,41 euros."
El Inss me dice que se le ha pagado a esta señora por la baja de IT.
Según el acta ¿que tengo que hacer?
1) Liquidacion de noviembre y diciembre y hasta el 18 de enero pagandole por la IT y despues una liquidacion de salarios de tramitación desde el 19 de enero de 2010 al 3 de marzo de 2010
ó
2) ¿teniendo en cuenta que el Inss le ha estado pagando a esta señora hasta el 18 de enero, simplemente hacer la liquidacion por salarios de tramitación desde el 19 de enero de 2010 al 3 de marzo de 2010?.
Gracia por la ayuda