cotizaciones autonomos como salario es especie

tigreblanco

Nuevo miembro
Con esto del cambio a la hora de cotizar en el tema de los salarios en especie tengo una duda:

Administradores de una sociedad y que cotizan por autónomos. En la nómina se incluye como salario en especie la cotización por autónomos (que paga la sociedad).

¿Con la nueva reforma en lo relativo a los salarios en especie como queda esto?

Un saludo.
 

Clo

Nuevo miembro
Yo entiendo que queda igual. Si ya cotiza en reta no tiene que volver a cotizar por ese concepto,...
 

elchuske

Miembro conocido
yo he quitado todos los salarios en especie por pago del autónomo. He incrementado el sueldo y les pongo todos los meses el autónomo como anticipo de nomina. Asi no tengo problemas de interpretación
 

tigreblanco

Nuevo miembro
Gracias a ambos.

Elchuske, te interpreto que el incremento en el sueldo que has realizado será por el mismo importe del valor del salario en especie ¿no?. ejemplo, vamos a suponer que el salario del administrador es de 2.500 y la cuota a la seguridad social por autónomos que antes metías como salario en especie es de 850. Lo que haces es sumar al salario esa cuota, por tanto un salario de 3.350 (supongamos salario base), siendo esta cantidad la base de irpf. Y luego en las deducciones le metes como anticipo esos 850 ¿Es así? Entonces, ¿No estará pagando más por IRPF y por tanto menos líquido?

Un saludo

 

Raquel GR

Miembro activo
A ver, a los autónomos no les afecta esto...

Pagan una cuota fija, dependiendo de la base que hayan elegido o les impongan.

La retribución en especie para este colectivo sigue igual... no hay manera de cotizarla extra...
 

Ro

Miembro activo
Totalmente de acuerdo con Raquel.
Sin embargo en una charla que estuve sobre salario de administradores, autónomos en sociedades, recomendaban aumentar el importe de la cuota de autónomos que se pagaba, es decir si el autónomo era 256,72 por base mínima que en nómina le aplicaramos entre un 3% y un 10% a mayores, recomentaba un 5%.
Porque es algo que la empresa le paga al trabajador autónomo y realmente no debería pues sería el autónomo quien lo pagara en su cuenta, y eso sí la empresa podría en concepto de salario, pluses, etc... Y otra cosa que la categoría de ese autónomo debería aplicarse por convenio inclusive su salario para poder demostrar ante la agencia tributaria que está cobrando por desempeñar trabajos como si fuera cta. ajena (aunque no lo pueda ser) y no como administrador pues en este caso el IRPF tendría que ser el 42%.
 

elchuske

Miembro conocido
lo que he hecho es pagarle el mismo importe que se le pagaba antes con el autonomo como trabajo en especie, es decir, hay que aumentarle el autonomo al sueldo y las retenciones. En otro caso perderia dinero
 

Ro

Miembro activo
Yo también creo que es rizar el rizo, por eso y a pesar de la recomendación del "profesor" que nos ha dado la charla sigo sin hacerlo. Sigo poniendo en nómina el importe del autónomo con el irpf correspondiente que entra y sale como gasto de la empresa.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Al hilo de las retribuciones en especie de lo autónomos, al realizar en mi programa una nómina con solo el concepto de cuota de autónomos siempre me deduce un 2% de IRPF , eso es por que es el mínimo a retener.

Un saludo.
 
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