La concatenación de contratos temporales que superando la duración de 24 meses en un período de 30 meses suponían la conversión a contrato fijo, quedó en suspensión hasta el 31-12-2012.
De modo que, sí, el contrato nuevo tiene suficiente autonomía respecto a los anteriores,puedes, y hasta ahora habrás "consumido 5 meses" de la concatenación.
Salvo error u omisión.