A ver, lo que dice la norma (art. 5 RD 1451/1983, aún parcialmente vigente) es lo siguiente:
"Dentro del primer trimestre de cada año, con conocimiento de los representantes del personal, las Empresas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50, deberán enviar a la Oficina de Empleo del INEM de la provincia en que tengan su sede social, así como a las de las provincias donde tengan centros de trabajo, relación detallada de los puestos de trabajo ocupados por trabajadores minusválidos y de aquellos que por sus características queden reservados a los mismos.
Las Oficinas de Empleo darán traslado de estas relaciones a los equipos multiprofesionales."
A pesar de lo clara que parece la obligación (para empresas de más de 50 trabajadores, y, ojo! no necesariamente fijos, a pesar del literal de la norma, al menos a criterio de la Inspección), y aún con las dudas sobre cómo realizarlo, parece que casi nade lo cumple.