Buenos días , (entiendo que es un tema ya tratado si existe ya la consulta ruego me disculpéis)
He recibido notificación telefónica de la TGSS , indicándome , que le enviará la escritura de una sociedad con patronal pero sin trabajadores , para mirar encuadramiento de socios , son seis socios, cinco con 600 participaciones y uno con 10%, uno es una sociedad (19,93%) luego cuatro socios con el 19,93% y uno con el 0,10%.
Tres dos con 19,93% y el de 0.10% son mancomunados con firmas dos de tres, de forma telefónica la TGSS me "obliga" a la regularización de los tres , es decir , son autónomos, pero cotizan como personas físicas , ya que anteriormente a la constitución ya estaban en RETA.
Yo entiendo que los dos con el 19,93 % , pese a contar con menor de un 1/3 , al ser administradores mancomunados debería cotizar por el grupo 1 , y con efecto retroactivo , pero lo que no veo muy correcto es el del socio con el 0,10% aun estando mancomunado y estando de autónomo tenga que cotizar al grupo 1.
La tgss se lo comente y me dijo que lo notificaran por escrito o via inspección de trabajo , es decir si regularizo los tres no tengo problemas como no quiero ( o mejor entiendo que el 0,10 deba cotizar ) que me remite inspección .
Algún orientación al respecto o algún compañero que tenga algo igual , un saludo.
Gracias
He recibido notificación telefónica de la TGSS , indicándome , que le enviará la escritura de una sociedad con patronal pero sin trabajadores , para mirar encuadramiento de socios , son seis socios, cinco con 600 participaciones y uno con 10%, uno es una sociedad (19,93%) luego cuatro socios con el 19,93% y uno con el 0,10%.
Tres dos con 19,93% y el de 0.10% son mancomunados con firmas dos de tres, de forma telefónica la TGSS me "obliga" a la regularización de los tres , es decir , son autónomos, pero cotizan como personas físicas , ya que anteriormente a la constitución ya estaban en RETA.
Yo entiendo que los dos con el 19,93 % , pese a contar con menor de un 1/3 , al ser administradores mancomunados debería cotizar por el grupo 1 , y con efecto retroactivo , pero lo que no veo muy correcto es el del socio con el 0,10% aun estando mancomunado y estando de autónomo tenga que cotizar al grupo 1.
La tgss se lo comente y me dijo que lo notificaran por escrito o via inspección de trabajo , es decir si regularizo los tres no tengo problemas como no quiero ( o mejor entiendo que el 0,10 deba cotizar ) que me remite inspección .
Algún orientación al respecto o algún compañero que tenga algo igual , un saludo.
Gracias