DÍAS DESCANSO TRABAJADOR

IRIA80

Miembro
TENGO UNA DUDA.

UN TRABAJADOR TRABAJA DE LUNES A DOMINGO. EN CUANTO AL DESCANSO SEMANAL, SE PUEDEN ACUMULAR 11 DÍAS DE TRABAJO SEGUIDO Y LUEGO DESCANSAR 3 DÍAS CONSECUTIVOS VERDAD? ES LEGAL, VERDAD HACERLO ASÍ?
 

toni

Miembro conocido
Mirate el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.

Una sugerencia IRIA80, intenta escribir en minusculas, es dificila leer las mayusculas y hay una regla no escrita que si se escribe en mayusculas es como si chillaras...;)
 

SHGOROEL

Miembro conocido
¿Os imagináis las reclamaciones de la administración con mayúsculas y tamaño proporcional a la deuda, infracción o lo que sea?
Perdonar se me va la olla... esta semana ha sido un poco loco-rara, pero es que encima me estoy riendo sola y como me vea alguien la cara no lo voy soportar y me voy a poner a reir como una loca..... Necesito un buen finde! Salud para todos.
 

IRIA80

Miembro
Mirate el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.

Una sugerencia IRIA80, intenta escribir en minusculas, es dificila leer las mayusculas y hay una regla no escrita que si se escribe en mayusculas es como si chillaras...;)

Tomo nota. Mil Gracias!
 

IRIA80

Miembro
Mirate el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.

Una sugerencia IRIA80, intenta escribir en minusculas, es dificila leer las mayusculas y hay una regla no escrita que si se escribe en mayusculas es como si chillaras...;)
Buenos días. La actividad de la empresa no es ninguna de las recogidas en el rd. Estaría bien entonces mi planteamiento? Trabajar 11 días seguidos y descansar a continuación 3 seguidos? A eso se refiere el art 37 del ET con lo de los 14 días acumulados?
Mirate el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.

Una sugerencia IRIA80, intenta escribir en minusculas, es dificila leer las mayusculas y hay una regla no escrita que si se escribe en mayusculas es como si chillaras...;)
 

toni

Miembro conocido
Buenos días. La actividad de la empresa no es ninguna de las recogidas en el rd. Estaría bien entonces mi planteamiento? Trabajar 11 días seguidos y descansar a continuación 3 seguidos? A eso se refiere el art 37 del ET con lo de los 14 días acumulados?
Eso es lo que dice el 37 del ET, pero me genera dudas al nombrar el 34.7, pero vamos, creo que si se puede hacer lo que comentas.
 
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