De baja te pueden contratar?

mosto

Nuevo miembro
Hola,resulta que soy trabajador discontinuo y tuve un accidente y estoy de baja,lo que pasa es que tambien soy discjockey y me ofrecieron trabajo en una discoteca los sabados solo y haciendome contrato nde 4 h que es lo que duraria el trabajo.

Mi pregunta es:podria hacerlo?,podria hacer dicho contrato estando de baja? solo serian 4 dias al mes o 5 cuando haya 5 sabados ese mes.  Me descontarian ese dia en la baja?,me inmagino que si.

Muchas Gracias por las respuestas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que se te puede dar de alta pero, a la vez, debes ir al médico de la mutua en que te accidentaste para ver si eres apto para el nuevo trabajo y te dan de alta.
 

Raquel GR

Miembro activo
No, no puedes.

Una cosa es que trabajando en los dos, caigas de baja en una y en la otra sea compatible, pero estando de baja it no te pueden dar de alta, o no deben.
 

mosto

Nuevo miembro
Raquel GR dijo:
No, no puedes.

Una cosa es que trabajando en los dos, caigas de baja en una y en la otra sea compatible, pero estando de baja it no te pueden dar de alta, o no deben.
Pero yo no quiero el alta ya q estoy recien operado y trabajo en la descarga,por lo que no puedo trabajar en ese trabajo,pero de discjockey y por ordenador me llega con una mano.
Mi pregunta es si podria darme de alta por cada sabado aunq no perciba el dinero de la baja de ese dia,pero seguir de baja ya q no puedo trabajar,gracias.
Yo lo que no quiero es incumplir la ley y trabajar sin contrato ni trabajar si no puedo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No se puede trabajar por cuenta ajena mientras estéas de IT. Lo suyo sería ir a médico, decir que ahora sí tienes capacidad para trabajar pues el nuevo trabajo sí lo puedes desarrollar y darte de alta. Eso sì: no se suspende, la IT se pierde.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Según el literal de la Ley, es cierto que el estar de IT es incompatible con realizare cualquier actividad, aunque sean de naturaleza, incluso régimenes distintos.
No obstante, creo que en la práctica si que se ha aceptado, al menos hay alguna sentencia en ese sentido (lo que habrá que ver es cómo eso se articula en la práctica).

Y lo veo lógico, pueden existir dolencias que impidan realizar ciertas actividades (o no sean recomendables para eladecuado tratamiento de las mismas) y para otras no tener más trascendencia.
Y un ejemplo de ello puede ser el caso expuesto por el consultante.

Ciertas dolencias físicas puden ser incompatibles con algunas actividades pero no ser ningún impedimento para otras.
El problema es cómo gestionar esta compatibilidad en la práctica, porque el médico, si te da la baja, te la da para toda actividad y si te da el alta, lo mismo. Aunque támbién es cierto que una de las novedades del nuevo sistema de gestion de la IT es el considerar la actividad realizada por el trabajador (se supone que el médico debe conocerla y valorar la incidencia de la dolencia respecto a esa actividad en concreto).
Y, como digo, los tribunales parece que tiene claro hace años esa posible compatibilidad (estar de IT respecto a una actividad y no respecto a otra).
El problema o duda, repito, es cómo se lleva ese criterio o posibilidad a la práctica.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si estás en distintas actividades, sí. Pero si has causado baja en la anterior, lo suyo, es que el médico de cabecera te visite y: certifique puedes trabajar, por lo que te dade alta en la prestación. O bien, que no puedes trabajar por lo que sigues cobrando la prestación... pero sin trabajar.
 
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