Deducciones en IT con el cambio de SMI

Caslaboral

Miembro conocido
Hola compis,

Estoy teneiendo reclamaciones de cantidades por exceso de deducciones en IT. Es a partir de marzo de 2023 que es cuando actualizamos SMIs y toda esa mierda. Si se estaba cobrando por SMI, esa subida debia afectar a las prestaciones? la baja es de 2022 por lo que las bases sobre lo que calcula la mutua son del SMI anterior todo el año.

Creo que fui yo el que machaco las bases para que se adaptaran al SMI actual aun estando de baja, porque tenia entendido que debia ser asi, hize bien o la lie parda?
 

fundación

Miembro conocido
Habla con la mutua. Me pasó en algún caso a principios de año, les llamé y no reclamaron nada.
 

fundación

Miembro conocido
¿No se aplica esto toni? Pienso que sí.

Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional del trabajador. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará a partir de la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
 
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toni

Miembro conocido
Pues ahora me dejas con la duda, porque si en el 2022 el SMI era 950, te estás deduciendo sobre 950 claro. Luego en el 2023 este sube a 1080, te deberías poder deducir sobre 1080, pero como a la fecha de efectos del hecho causante eran 950… acabas de crearme una duda existencial, amigo mío… :ROFLMAO:
 

toni

Miembro conocido
Despues de darle un par de vueltas creo, y digo creo, que mi respuesta es correcta e intentare explicarme:

No es lo mismo que cuando hacemos atrasos por subida convenio, hacemos una L03 que nos pilla en IT, actualizamos bases y le decimos a la mutua oye, que la base IT ya no es X, ahora es Y por subida convenio y pasamos a hacer el pago delegado con la nueva base Y.

En el caso de @Caslaboral, la IT viene del 2022 y no a habido subida en ese año ni de bases ni de SMI, la subida es en 01/2023, por lo "que entiendo" que si, debera cotizar por la base minima del 2023, pero deducirse el pago delegado arreglo el SMI 2022.
 

fundación

Miembro conocido
Sigo pensando que si cobraba subsidio por tener base mínima, al actualizar ésta en 2023 se actualiza tanto su base de cotización como el subsidio.
 

toni

Miembro conocido
Y yo que la mutua tiene razon, pues no puedes deducirte mas de lo que has cotizado sin que haya habido subida de bases en la fecha del hecho causante... (como atrasos convenio por ejemplo)
 

toni

Miembro conocido
Pero en este caso no hay efectos retroactivos al 2022, los efectos retroactivos son a 1/2023… no se, igual tienes razon, pero me quedan dudas.
 

Caslaboral

Miembro conocido
¿No se aplica esto toni? Pienso que sí.

Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional del trabajador. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará a partir de la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
Me puedes decir donde encuentro esto? mil gracias
 

fundación

Miembro conocido
En resumen, lo que se entiende salvo que haya algo que no he visto por el camino, es que la Orden de cotización (BOE 31-01-23) establece lo dicho en cuanto a la actualización de base mínima, reguladora y subsidio.
 

Petrus

Miembro conocido
Yo creo que no se modifica la BR porque viene del 2022, pero a estas alturas puedo dudar de todo.
 
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