Buenas tardes, estoy pasmada porque han denegado a un cliente que es socio y administrador único de una Sociedad que tiene tiendas de venta al público de cosmética, perfumes y bisutería esa prestación porque dicen que no es de las actividades contempladas en el Anexo del famoso Decreto, cuando en su artículo 10.1 se decreta expresamente el cierre de los establecimientos abiertos al público y además nos han aprobado un ERTE a todos los trabajadores por esa causa de fuerza mayor. Encima, ahora solo cabe la reclamación previa a la vía judicial y los plazos están suspendidos y mientras, el cliente sin cobrar. ¿Qué os parece?.