Denegación del Fogasa de la prestación de garantía salarial

pablo

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En la sentencia de instancia se condena a la empresa a indemnizar a los trabajadores, ya que por incomparecencia se da por confesa.
Posteriormente y acreditada la recepción de la sentencia por la demandada se solicita la ejecución de sentencia y el juzgado ordena el embargo, que finalmente no se puede realizar pues no constan bienes, además la actividad de la empresa ha cesado y no pueden tampoco embargar sobre los ingresos que se produzcan ni sobre cantidades pendientes de devolución de la Hacienda Pública.
Se solicita por el demandado al FOGASA la prestación conforme a los límites establecidos en el Art. 33 del ET, quien deniega la misma por no existir declaración de insolvencia de la demandada.

Ahora bien, no me aclaro si se debe proceder nuevamente contra esta resolución en el juzgado de lo social o, en aplicación del mencionado Art.33.6 [...]La resolución en que conste la declaración de insolvencia será dictada previa audiencia del Fondo de Garantía Salarial., simplemente solicitar dicha declaración de insolvencia ante la imposibilidad de satisfacer los créditos  laborales y volver a solicitar la prestación, esta vez acompañando dicha declaración de insolvencia que el FOGASA habría facilitado.

Gracias y un saludo.
 
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