Denegación IP

CC2019

Miembro activo
Buenas tardes.

Recibo mensaje informando de denegación de IP a trabajador de empresa con fecha 1/2/23. Hasta la fecha el trabajador no se presenta a su puesto de trabajo, ni hace ningún tipo de comunicación informando de su reincorporación.

¿Tiene la empresa que requerirle que se reincorpore?

En caso de que no haya que hacerlo, si apareciera la semana que viene, ¿podría denegarsele la reincorporación? El convenio sanciona la falta injustificada durante 3 jornadas seguidas con despido disciplinario.
 

Mc

Miembro activo
Tienes que esperar a que el trabajador sea notificado . Desde el alta hasta esa notificacion es pago directo , a mi me tardaron mas de una semana porque se le notifico a la trabajadora pero la mutua aun no tenia constancia de la fecha de notificacion y en los IDC salia el resto del mes como pago directo ... al final opte por hacer un acredita para que informaran si estaba o no notificada la trabajadora y en caso que si incluyeran ya el tramo pq tenia que hacer los seguros y lo hicieron. La reincorporacion es al dia ss. de la notificacion de la trabajadora pero como tiene vacaciones pendientes de la IT ...
 

CC2019

Miembro activo
Asumo que el trabajador ha sido notificado, estamos ya a día 13…

El caso es que no ha dicho absolutamente nada: ni que se quiere reincorporar, ni que quiere vacaciones, ni nada de nada.

Y en la empresa han optado por hacerse los suecos.

¿A partir de cuándo podríamos considerar el abandono de puesto de trabajo? ¿Es necesaria comunicación de la empresa, o basta con que transcurra el tiempo?
 

CC2019

Miembro activo
Si el tío pasa de todo y pasa más de un año...
El asunto es un poco más complicado...

Señor en de baja de I.T. desde 11/06/2021. Me envían por Casia mensaje ordenando baja por agotamiento de I.T. al cumplir 545 días (7/12/2022).

El 3 de febrero de 2023 me llega un mensaje por SILTRA en el que se informa denegación de IP, con fecha de efectos 1/2/2023. De ahí asumo que tiene que reincorporarse al día siguiente, es decir, 2/2/23. Entendería que si le notifican, por ejemplo, el día 5 de febrero de 2023, pues se tendría que reincorporar el 6. Pero el tema es que no ha hecho absolutamente nada hasta el día de hoy: no ha contactado con la empresa, ni ha pedido reincorporación, ni nada de nada. La empresa tampoco le ha requerido nada.

El asunto es que se recibe ésta mañana citación para conciliación, dado que el trabajador alega que el día 7/12/22 se le ha despedido.

Obviamente no estamos ante un despido, dado que ha sido la propia TGSS la que ordena la baja por agotamiento de I.T. (y tenemos la prueba del Casia) y tampoco se le ha entregado liquidación o finiquito alguno.

Lo que no veo claro es si "contraatacar" con un despido disciplinario (ha faltado más de 3 días injustificadamente, lo que sanciona el convenio como falta muy grave susceptible de despido) o no hacer nada, esperar a que se celebre conciliación y juicio, en el que no le van a conceder el despido casi seguro, y evidentemente, si en todo éste tiempo no ha pedido reincorporación, dado que lo que pretende es "trincar" el despido, y ello es incompatible con volver a la empresa a trabajar, entender que por signos externos ha renunciado al puesto.
 
Última edición:

Cachilipox

Miembro conocido
No puedes instar un disciplinario por ausencia, si previamente no lo vuelves a dar de alta por reincorporación.
La ausencia es injustificada cuando se espera su presencia.
Pero si por actos propios de la empresa, no se deduce que lo estén esperando para reincorporarse, poco indicio es ese.
Lo de los "signos externos" puede ser válido, pero opera y actúa en ambos sentidos.

Toca contraataque, por supuesto.
Pero lo primero es "patada en los hue**s" a la "displicente" empresa.
Luego comenzar con las notificaciones fehacientes (nos ha llegado comunicación de denegación de IP...... Rogamos nos facilite situación de alta médica..... Póngase en contacto con la empresa para determinar su día, puesto y turno de reincorporación...... Le comunicamos que tiene pendientes de disfrute tanto o cuantos días de vacaciones......).
Y ya luego, a partir de ahí, el disciplinario, en tiempo y forma.
 

CC2019

Miembro activo
No puedes instar un disciplinario por ausencia, si previamente no lo vuelves a dar de alta por reincorporación.
La ausencia es injustificada cuando se espera su presencia.
Pero si por actos propios de la empresa, no se deduce que lo estén esperando para reincorporarse, poco indicio es ese.
Lo de los "signos externos" puede ser válido, pero opera y actúa en ambos sentidos.

Toca contraataque, por supuesto.
Pero lo primero es "patada en los hue**s" a la "displicente" empresa.
Luego comenzar con las notificaciones fehacientes (nos ha llegado comunicación de denegación de IP...... Rogamos nos facilite situación de alta médica..... Póngase en contacto con la empresa para determinar su día, puesto y turno de reincorporación...... Le comunicamos que tiene pendientes de disfrute tanto o cuantos días de vacaciones......).
Y ya luego, a partir de ahí, el disciplinario, en tiempo y forma.
El trabajador no quiere reincorporarse, quiere cobrar el supuesto despido que no ha existido. Si hubiese querido reincorporarse, lo habría solicitado, pero no ha hecho nada. ¿Hasta qué punto, llegados a éste caso, tiene la empresa que pedir al trabajador que aclare su situación?

Sobre todo cuando ha presentado una papeleta de conciliación, en la que dice haber sido despedido. Para mí éste hecho por sí mismo es suficientemente ilustrativo de que no busca la reincorporación, porque acciona por despido, no acciona pidiendo reincorporación.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Hacer las cosas bien, no es barato.
Hacer las cosas mal, puede salir carísimo.

Te corresponde a ti, como experto, decidir si intentas llevar la cosa hacia un disciplinario bien fundamentado, o das por descontado un improcedente altamente probable.
 

VILA100

Miembro conocido
Hacer las cosas bien, no es barato.
Hacer las cosas mal, puede salir carísimo.

Te corresponde a ti, como experto, decidir si intentas llevar la cosa hacia un disciplinario bien fundamentado, o das por descontado un improcedente altamente probable.
Eres un oráculo….enhorabuena…😀😀. Mi más sincero reconocimiento
salu2
 
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