Yo ya he tenido un juicio por este tema, pero aun no tengo sentencia.
Lo expliqué aquí
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=10849.msg45786#msg45786
En mi caso el despido, es decir la comunicación, fue antes de la entrada en vigor de la Ley 3/12. Como se debía hacer entonces, como el FOGASA solo pagaba a la empresa, con la comunicación se pago la indemnización, el 100%.
El despido fue efectivo después del 8/07, y el FOGASA dice que desde el 8/07 solo paga a trabajadores, y de ahí no se baja.
No hay aun sentencias de TSJ y menos aun del TS, así que el cachondo del FOGASA llevaba dos stc de Juzgados de lo Social que les daba la razón. DOS.
Mi esperanza es que no creo que hayan tenido solo dos juicios por este tema, así que si llevaba dos sentencias, es que las demás las han perdido.
En fin, cuando tenga sentencia os cuento.
Buenísima la aportación de APRENDIENDO en la que no había caído yo tampoco, asi que de perder, la usaré para el recurso. Gracias
Esto es una laguna legal respecto de esos despidos ocurridos en un breve espacio de tiempo y sólo es fruto de la nefasta técnica legislativa que estamos sufriendo ultimamente
