DENEGACION IP Y NUEVA BAJA

isaaa

Miembro
Buenos días.
A ver si me podéis arrojar luz ante esta situación que no se me había dado antes. Trabajadora a la que tras los 545 días de IT se le da de baja en la empresa. A posteriori el INSS le deniega la IP, pero como la trabajadora no está bien coge una nueva baja por otra causa y mientras va a recurrir esa denegación.
Hablo con partes médicos del S. Red y me dicen que a ellos les consta que continúa de baja por la IT previa y que el INSS seguramente me anulará esa baja nueva porque ha recurrido. Y que no la grabe ni la tenga en cuenta, entonces... ¿Qué tengo que hacer yo con esa trabajadora?, grabo esa nueva baja por IT?. le doy de baja en la empresa por suspensión o algo?, es que mientras se resuelve su recurso y consta con la baja previa y no puede viene a trabajar ... quien le paga el sueldo. El Inss o yo?, es que no sé qué hacer y si os ha pasado antes a alguien por favor echarme una mano.
Gracias
 

Darmody

Miembro activo
yo tuve un caso similar hace unos meses y si bien no me acabó quedando del todo claro, te cuento cómo me fue a mí...
Igual que tú, tuve un trabajador con IT 545 días al que le denegaron la incapacidad permanente. Al día siguiente solicitó nueva baja médica por otra patología distinta.
La mutua me dijo que la nueva baja médica dependía de la aprobación del INSS, al no haber transcurrido 180 días desde la denegación de la IP y que no procedía pago de prestaciones ni deducciones hasta la aprobación.
Sin embargo, al ser dos patologías completamente distintas, consulté a Acredita porque tal y como entendía yo el articulo 174 del RD 8/2015, únicamente hablan de recaídas del proceso original.
Me contestaron desde Acredita diciendo que era la Unidad Médica la que tenía que determinar si procedía baja médica o no. En mi caso al de unos días, apareció en el IDC el alta de la baja antigua y la nueva baja médica por enfermedad común... y hasta el día de hoy.
No sé si te he podido ayudar de algo pero bueno...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ella lo que hará, será impugnar la resolución que dice que no tiene derecho a incapacidad permanente. Entonces, si han pasado 545 días, necesita una cotización de seis meses después de la resolución de denegación de invalidez. Así pues, el trabajador estará de baja, pero nadie le paga subsidio alguno (ni empresa ni INSS) mientras se sustancia la impugnación de la denegación de invalidez. Y esto siempre que la baja sea la de la misma patología que agotó los 545 días), que es lo que me imagino. En todo caso, el INSS puede conceder, a los efectos de prestación, una nueva baja si considera que puede recuperar el trabajador su capacidad laboral aunque no hayan pasado 180 días. Pero ha de ser el INSS el que lo conceda según sus tribunales médicos.
 

isaaa

Miembro
Gracias Darmody y Fernando. Desde luego voy a esperar unos días para ver el IDC, pero Fernando.. al hilo de tu respuesta. Si nadie le paga (ni empresa ni SS), mientras se resuelve la impugnación. Sabes qué movimimento en S. Red teng que hacer?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, de momento, imagino, que deberás informar la nueva baja médica. Y esperar a que los tribunales médicos dedidan.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Si me pasó, me anularon la 2 baja. Los días que no fue a trabajar los trámite si no recuerdo mal como permiso sin sueldo. No creo q fuese lo correcto, pero la trabajadora ni había ido a trabajar ni estaba de baja. No se m ocurrió otra cosa
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, en teoría deben dar baja médica, pero no a efectos de prestación. Lo que concede o no el INSS es la prestación, simplemente.
 

Mc

Miembro activo
Pues a mi en enero me anularon una 2ª baja de noviembre .... asi que no siempre son a efectos economicos únicamente .
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ya, pero es que la ley habla de efectos económicos. Parece ser que la intención del legislador es que el empleado que no consigue la invalidez, al menos, pueda recibir tratamiento médico, pueda justificar a la emrpesa su inasistencia con un parte de baja. Aunque no cobre. Lo demás sería injusto.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Esto dice la ley:

No obstante, aun cuando se trate de la misma o similar patología y no hubiesen transcurrido ciento ochenta días naturales desde la denegación de la incapacidad permanente, podrá iniciarse un nuevo proceso de incapacidad temporal, por una sola vez, cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad permanente del trabajador, considere que el trabajador puede recuperar su capacidad laboral. Para ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social acordará la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal
 

isaaa

Miembro
Gracias a todos por vuestra ayuda. He hecho una consulta a acredita, a ver qué me responden !!!
 

FERNANDO

Miembro conocido
He visto sentencias y, en efecto, la nueva baja se emite, pero para tener efectos económicas lo debe de autorizar el INSS en función de si el trabajador puede recuperarse para el trabajo o no.
 

Arvillena

Miembro activo
Esto dice la ley:

No obstante, aun cuando se trate de la misma o similar patología y no hubiesen transcurrido ciento ochenta días naturales desde la denegación de la incapacidad permanente, podrá iniciarse un nuevo proceso de incapacidad temporal, por una sola vez, cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad permanente del trabajador, considere que el trabajador puede recuperar su capacidad laboral. Para ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social acordará la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal
Exacto. Esto mismo me pasó. El trabjador se reincoporó tras denegación IP, y a los 5 meses se dio de baja por la misma causa. Yo avisé a la Mutua para que confirmara con el INSS si la baja era correcta y sobre todo si tenía efectos económicos.

Avisé al trabajador de que existia la posibilidad de que si no declaraban conforme la IT, tuviera que devolver la pasta. Al final el INSS inició un nuevo proceso por la misma baja. Y ahí seguimos. Mas de dos años de baja con una interrupción currando de 5 meses.

Y mientras la empresa paga.
 
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