un convenio colectivo de ambito provincial del año 2006 y que regula salarios para el 2005,2006 y 2007 dice respecto a su vigencia:
" ....siendo su duración de tres años hasta el 31 de diciembre de 2007.a los efectos previstos en el Art 86.2 del ET, el presente convenio se entiende denunciado desde el día de su firma"
Segun esto y con la reforma laboral , este convenio -al estar ya denunciado-, dejó de estar vigente el 31 de diciembre de 2008?; en consecuencia......se le podría aplicar ya mismo las condiciones establecidas en el convenio de ámbito superior, en este caso el estatal? o habría que hacer una denuncia expresa complementaría de aquella recogida en el convenio y esperar un nuevo año?
gracias
" ....siendo su duración de tres años hasta el 31 de diciembre de 2007.a los efectos previstos en el Art 86.2 del ET, el presente convenio se entiende denunciado desde el día de su firma"
Segun esto y con la reforma laboral , este convenio -al estar ya denunciado-, dejó de estar vigente el 31 de diciembre de 2008?; en consecuencia......se le podría aplicar ya mismo las condiciones establecidas en el convenio de ámbito superior, en este caso el estatal? o habría que hacer una denuncia expresa complementaría de aquella recogida en el convenio y esperar un nuevo año?
gracias