DERECHO A ALGUN TIPO DE PENSION

  • Iniciador del tema marisa
  • Fecha de inicio
M

marisa

Guest
HOLA.

Os expongo el caso por si alguien me puede orientar un poco porque estoy algo perdida.

mi padre con 59años a dia de hoy

esta en el paro desde el 2008, estando en el paro ya en el 2009 cae de baja por enfermedad en cuestion crisis epiléptica i trastornos neurologicos.
A dia de hoy sigue de baja el médico no considera el alta médica ya que el no se encuentra en sus plenas facultades y menos aun para desarrollar el trabajo en el cual siempre a estada oficial en la constricción, entonces ahora en julio se le termina ya el paro lo tiene totalmente agotado tiene entre 29 o 30 años cotizados en regimen de asalariado.

Entonces ahora mismo a que tiene derecho que puedo solicitar porque claro el y mi madre dependen ahora mismo de lo que cobra del inmen.

Puedo pedir algun tipo de pension??

A donde debo dirigirme para informarme??

E de pedir una minusvalia o algo similar?? A quien se lo e de pedir??


no se!!agradeceria mucho si alguien me pudiera orientar un poco en el tema ya que estoy totalmente perdida.

muchas gracias.

 

FERNANDO

Miembro conocido
Si sigue de baja cuando se le acabe el paro seguirá cobrando la baja (452,63 EUROS). Eso sí, que pida ya una incapacidad permanente en el grado que pertoque (creo que absoluta), en el INSS.
 
M

marisa

Guest
hola

Fernando gracias por responder a mis dudas seguimos con el caso.

hoy se a presentado al Ins ya que esta semana ya hace 12 meses que esta de baja en el paro entonces le han dicho que con todos los informes que tiene evaluaran si es apto o no para trabajar entonces si lo dan como apto esto se puede recurrir de algun modo???

Y si dicen que no es apto para trabajar entonces que le corresponde la pension de 452,63 EUROS que me habias comentando o tendrian en cuenta sus años cotizados para calcular la pension que le quedaria o le darian la jubilación anticipada ????

gracias por tu ayuda..
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver; ahora el INSS valorará si se le pide una pensión de jubilación, si se le prorroga la baja seis meses más, o bien si se le da de alta por curación. Si le dan el alta por curación, tendrás 4 días naturales para interponer recurso ante inspección médica. Si la inspección médica no dice nada en 11 días naturales, o confirma la baja, entonces el alta será efectiva. Contra dicha alta podrás interponer, en su caso, reclamación previa y, posteriormente, demanda ante el juzgado de lo social. Eso sí, en caso de alta médica, seguiría cobrando el paro hasta el fin del mismo.
 
M

marisa

Guest
HOLA FERNANDO PRIMERO GRACIAS DE NUEVO.

ENTONCES POR  LO QUE ME CUENTAS LO ÚNICO QUE ME QUEDA ES ESPERAR HAVER QUE PASA EN EL INNS LE COMENTARON QUE YA RECIBIRIA UNA CARTA NOTIFICANDOLE UNA COSA U OTRA PERO POR LO QUE E ENTENDIDO DE LOS 11 DIAS SI EN LOS CUALES NO CONTESTAN QUIERE DECIR QUE LE DAN EL ALTA,
BUENO NO TE MOLESTO MAS.

MUCHAS GRACIAS..
 

FERNANDO

Miembro conocido
Así es, si no dice nada en once días el alta es efectiva y el empleado se ha de incorporar a su trabajo. Puedes impugnar el alta, eso sí, pero volviendo a trabajar.
 
M

marisa

Guest
OK.


MUCHAS GRACIAS POR LAS ACLARACIONES PERO ESO DE VOLVER A TRABAJAR SI A EL LE DIERON LA BAJA ESTANDO YA EN EL PARO Y YA ENTONCES LLEVABA UN AÑO SIN TRABAJAR.

PERO BUENO CRUZARE LOS DEDOS Y ESPERARE QUE LLEGUEN A UNA RESOLUCION FAVORABLE PARA MI PADRE.

MUCHAS GRACIAS DE NUEVO.
SALUDOS.
 
Arriba