DESCANSO SEMANAL MÍNIMO DE 48 HORAS SEGUIDAS

MarLo

Miembro conocido
Es un tema viejo, pero una sentencia del año pasado del TJUE ha vuelto a poner esta obligación encima de la mesa sobre los descansos acumulados de 12 horas (descanso diario) + 36 (día y medio mínimo de descanso semanal), sin posibilidad de solaparse. ¿Habéis tenido casos de control de estos descansos en los últimos meses?


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El tema se ha tocado con anterioridad en otros hilos, como en este en el que Fernando sacaba una sentencia muy clarita del TS de 2016

 

Alexia

Miembro activo
Pues un conocido de la inspección de trabajo nos ha avisado de que han iniciado una campaña precisamente por este motivo, enfocada principalmente en los sectores de comercio y hostelería, para verificar si se cumple con el descanso semanal de 48 horas. Por el momento no nos ha llegado nada... pero hemos enviado un correo electrónico informando a los clientes
 

MarLo

Miembro conocido
Pues un conocido de la inspección de trabajo nos ha avisado de que han iniciado una campaña precisamente por este motivo, enfocada principalmente en los sectores de comercio y hostelería, para verificar si se cumple con el descanso semanal de 48 horas. Por el momento no nos ha llegado nada... pero hemos enviado un correo electrónico informando a los clientes
lo mismo, me han llegado noticias que inspección va a entrar a revisar este tema
 

PASCU2013

Miembro
Gracias por la info.
En la normativa de jornadas especiales en referencia a comercio y hosteleria, por convenio o acuerdo entre empresas y representación sindical, entiendo que acuerdo entre las partes sino hubiese representación sindical, dice que se puede separar el día y medio no teniendo que ser ininterrumpido.
Por si os vale de algo.
Saludos.
 

MarLo

Miembro conocido
Gracias por la info.
En la normativa de jornadas especiales en referencia a comercio y hosteleria, por convenio o acuerdo entre empresas y representación sindical, entiendo que acuerdo entre las partes sino hubiese representación sindical, dice que se puede separar el día y medio no teniendo que ser ininterrumpido.
Por si os vale de algo.
Saludos.
gracias por el apunte, lo que no tengo muy claro es que esto se pueda negociar directamente entre empresa/trabajador. A ver qué opinan los otros compañeros

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LABOR

Miembro activo
Convenio hostelería Navarra:
2) Descanso semanal:
El descanso semanal será de dos días, para todas las empresas.
El descanso semanal de dos días podrá ser sustituido por día y medio, mediante el abono de
un plus de 46,32 euros mensuales al trabajador en 2022.Esta cantidad será de 48,17 euros en
2023, de 49,62 euros en 2024 y de 51,11 euros en 2025, siempre que así lo acuerden la empresa
y la representación de los trabajadores en la misma. No obstante, lo anterior, en las empresas con
promedio de plantilla inferior a 10 trabajadores en el año precedente, el ejercicio de esta opción será
facultad exclusiva del empresario.
 
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