Yo la jurisprudencia que conozco (que entiendo no aplicará a este caso si estamos ante contratos celebrados correctamente) es en relación a sucesivos contratos temporales celebrados en fraude de ley. En este caso no cabe compensar o descontar de la indemnización por despido las indemnizaciones por fin de contrato anteriores.
Ahora, si no hay fraude de ley y estamos hablando de un despido en u contrato temporal aún vigente, no, no tengo referencias de jurispridencia.
Sin tener el tema contrastado y en función del importe del que estemos hablando, yo consideraría el riesgo del que nos alertaba Carlos2, es decir, de que nos puedan cuestionar la validez del importe consignado en concepto de indemnización y, por tanto, del efecto de paralizacion de los salarios de tramitación.
Por cierto, Vicherga, este tema ya lo planteaste (como Victor) hace unos días en el foro de RRHHMagazine, ¿no?. Como se entere "El Malo" que aún sigues con dudas te da un capón, je,je
Un saludo