Supongo que hablamos de un hipotético futurible.
Expongo como iría la cosa, con la actual normativa:
Primer período: 01/02/2023 al 30/11/2023:
No llega a 360 días, no hay derecho a prestación.
Puede solicitar subsidio por insuficiencia de cotización, pero entonces consume todas las cotizaciones y pierde el derecho a acumularlas.
Segundo período 01/02/2024 al 30/11/2024:
No llega a 360 días, pero sumados a los anteriores, si no fueron consumidos por el subsidio, sí llega y le sobran.
Como de forma acumulada supera los 540 días, tendría derecho a 6 meses de prestación.
Consume 2 meses de prestación, 12/2024 y 01/2025
Tercer período: 01/02/2025 al 30/11/2025:
No llega a 360 días, pero tenía una prestación antigua suspendida.
Puede recuperar su antigua prestación, de la que aun tenía 4 meses.
Consume 2 meses de prestación vieja, 12/2025 y 01/2026
Cuarto periodo: 01/02/2026 al 30/11/2026
No llega a 360 días, pero sumados a los anteriores no consumidos, acumula más de 540 días cotizados.
Tiene derecho a una nueva prestación de 6 meses.
Tiene derecho a OPTAR por lo que mejor le vaya, si reactivar la prestación vieja suspendida (2 meses pendientes) o renunciar a la vieja y solicitar la nueva prestación de 6 meses.
(NOTA: A partir de aquí es cuando empiezan las "cosas divertidas", según se haga)
Opción A.- Renuncia a la vieja prestación y solicita la nueva.
Nada nuevo bajo el sol. Se pierden definitivamente los 2 meses pendientes, pero pasa a tener una prestación nueva de 6 meses.
Opción B.1.- Opta por reactivar la vieja prestación. Le realizan nuevo llamamiento el 01/02/2027
Consume 2 meses de prestación vieja, 12/2026 y 01/2027, y finaliza su vieja prestación.
Acontecimiento B.1.1.- Inactividad el 30/11/2027
Se presenta en el SEPE y tiene 30 meses cotizados no consumidos. Le reconocen una nueva prestación de 10 meses.
Opción B.2.- Opta por reactivar la vieja prestación. No le realizan llamamiento en la fecha previsible.
En febrero 2027 se encuentra sin trabajo y sin prestación.
Si en ese momento solicita la nueva prestación, aun no utilizada, se la reconocerán. Pero.....
Como desde la fecha del hecho causante (inactividad 30/11/2026) han pasado más de 15 días, se considera que diciembre y enero es un período ya consumido de la nueva prestación.
Por tanto, le reconocerán el paro nuevo (que originalmente habría sido de 6 meses) pero solo por el tiempo restante, 4 meses.