Despido antes de nueve meses maternidad

ikosta

Miembro
Sé que es una situación especialmente protegida por el art 55.5 Et, pero una trabajadora debió reincorporarse a su puesto de trabajo el pasado 12 de Febrero tras permiso de maternidad y no ha aparecido por el puesto de trabajo. Decidimos "concederle" las vacaciones pendientes de disfrutar aunque no lo solicitara expresamente, pero este periodo también ha finalizado.
Hemos intentado ponernos en contacto con la trabajadora, pero el  burofax nos ha venido devuelto.
¿Recomendaríais despido disciplinario?.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si no aparece, ¿qué queréis hacer? Pero cuidadito, no sea que aparezca con una IT y os tengáis que comer una nulidad.
 

Santiago

Miembro conocido
Yo preguntaría a la Mútua si tiene información de que la trabajadora está en situación de baja médica
Así podréis descarta opciones
 

Mr. White

Miembro activo
Aunque sea una IT, tiene que informar y entregar el parte a la empresa en el plazo establecido.

También debería informar de su domicilio si lo ha cambiado.



 

Aslasa

Miembro
La tendrás que despedir, si ya le has contado vacaciones, le has requerido por burofax que justifique las ausencias, pues ya no te queda otra y con tantos días de ausencia creo que ya está más que justificado.
 

ikosta

Miembro
Al final dio señales de vida, no quería volver al trabajo y prefería cobrar el paro que pedir la excedencia, vaya jeta.
La empresa querría volver a contratarla cuando acabe el paro, ya les he dicho que ni se les ocurra.
 

Mr. White

Miembro activo
Si no quiere volver al trabajo es una baja voluntaria y no hay paro. 

Ojo con el fraude en facilitar el acceso a prestaciones a quien no tiene derecho.



 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, pero también es legal despedir a un tío por faltas de asistencia. Y más seguro que la baja voluntaria porque tienes dos argumentos: inacción + incumplimiento.
 

Mr. White

Miembro activo
Hombre, a alguien le ha dicho que no quería volver...eso es una baja voluntaria expresa y hay testigo...

Sobre si es más seguro o no... si despides igual se lleva paro más la improcedencia si no se deja bien atado...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, a ver, si existe una baja voluntaria previa, entiendo que no procedería improcecencia, dado que la relación laboral ya estaba muerta. Sin embargo, claro, una baja voluntaria sin que exista constancia escrita, siempre se puede desvirturar porque, si el trabajador vuelve días después, es que la baja no es voluntaria. Por ello, si despido, tiene que demostrar que las faltas de asistencia son justificadas.
 

Mr. White

Miembro activo
Si el trabajador vuelve unos días después de la fecha de efectos de la baja voluntaria, lo mismo da que sea verbal o por escrito...es un tema de prueba, pero si sumas testigo/os, más el hecho de que desde que se acabó la maternidad ni ha trabajado ni ha avisado ni nada, pues mal vestido no vas al juicio...
 

Mr. White

Miembro activo
https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1148680

https://sincro.com.es/blog/tribunales/dimision-o-despido-verbal-la-carga-de-la-prueba-recae-en-el-trabajador-no-en-la-empresa/
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es un tema sobre el que históricamente hemos debatido mucho por este foro.
Es un caso muy típico, por lo que sea, me interesa dejar de trabajar y cobrar el paro durante un tiempo. Trato de forzar un despido por ausencias injustificadas ya que si presento la baja voluntaria no tengo paro (siempre hay un cuñao o algún blog o web que aconsejan eso de "tu deja de ir a trabajar unos días, porque sí, verás que te despiden por ausencias injustificadas y ya puedes pedir el paro").

Mi opinión siempre fue la misma, no debemos favorecer estas prácticas.
¿Que es menos arriesgado optar por el despido? (sobretodo por que confiamos o tenemos la certeza de que el trabajador "desaparecido" no va a reclamar, ya que es justo lo que le interesa)?. Tal vez, aunque no siempre. Que igual el, trabajador se le puede ocurrir sacar algo más, reclama y según cómo haya hecho las cosas la empresa, encima consigue la improcedencia y, por tanto, indemnziación  a cargo de al empresa, además del paro.
Pero también existe el riesgo de que se pueda apreciar connivencia por parte de la empresa para que el trabajador acceda de forma fraudulenta a una prestación pública.
Y, por supuesto, y eso ya es más relativo, problemas éticos o morales (¿debemos favorecer este tipo de maquinaciones?). Y una cosa más, que se se genere la idea de que la empresa está por la labor de facilitar estas cosas y, ante un precedente, se nos vayan presentando más casos.

Obviamente, el optar por la vía que yo prefiero (tramitar la baja como baja voluntaria por abandono del centro de trabajo), requiere hacerlo bien, no todo vale, y puede suponer un esfuerzo, incluso algún riesgo, aunque la experiencia me demuestra que el trabajador desparecido, al recibir el primer requerimiento por parte de la empresa para que se reincorpore, o bien justifique la imposibilidad de hacerlo, así como los motivos por los que no lo ha comunicado a la empresa hasta la fecha, y comprobar que la empresa no está por la labor de facilitarle esa vía para acceder al paro, se apresura a dar señales de vida (no sea cosa que que, además de sin paro, se quede sin trabajo).

Obviamente, no se le puede dar de baja voluntaria a las bravas, a las primeras de cambio. Ante su ausencia, hay que contactar con él, para tratar de confirmar su situación, causa de su ausencia e incomunicación,requerirle, si es el caso, a que se reincorpore. Tal vez puede hacerse inicialmente de manera informal (aunque según vayan las cosas puede ser importante poder acreditar lo que se ha hecho). Si persiste la ausencia o incomunicación (o no la justifica de forma suficiente), entonces ya requerimiento formal (haciendo referencia, si es el caso, a requerimientos, contactos, o intentos de contacto anteriores), por ejemplo por burofax, instándole de manera firme a que se reincorpore o bien justifique su situación y advirtiendo que de no hacerlo la empresa puede darle baja por abandono de puesto de trabajo, tal vez nuevo requerimiento (aunque normalmente a estas alturas y con este tipo de respuesta por parte de la empresa, el 90% ya han aparecido), fijando un plazo determinado para hacerlo... y si después de todo esto el trabajador sigue  sin reincorporarse ni justificar su situación, entiendo que puede procederse a contemplar darlo de baja por abandono de puesto de trabajo (asimilado a baja voluntaria, por tanto, sin paro) con ciertas garantías.


Pero, repito, normalmente si ya de inicio se ha ido por esta vía, normalmente no hará falta llegar a ese extremo.

Saludos

 
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