Despido contrato Fijo Discontinuo antes o después del día 31 de marzo?

MarMont

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Buenos días

Una ayudita con un tema de despido
El trabajador tiene contrato fijo discontinuo, la empresa lo quiere despedir pero se encuentra en el periodo de inactividad hasta abril. Con la nueva reforma se encarecen los despidos de esta modalidad de contratos y computa por el tiempo total del contrato no únicamente por el periodo activo de trabajo (Hasta el 31 de marzo 2022).
¿Sería recomendable que la empresa se diera de alta a finales de marzo para poder hacer efectivo el despido y no tener que seguir la nueva normativa o no es necesario que se dé de alta la empresa para poder hacer el despido?
Entiendo que habría que hacer el llamamiento de esa persona antes que la de ninguna otra por la situación excepcional, o ¿se procede como siempre? ¿No se hace llamamiento y directamente a esta persona se le emite su liquidación con la respectiva indemnización?
Igual mi mayor duda es si la empresa se tiene que dar de alta antes de hace el despido y si tiene que haber llamamiento
Mil gracias
Saludos
 

daniel70

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Hola:
No computa todo el tiempo para la indemnización para un futuro efectivo, sólo el tiempo trabajado.
Lo que se tiene en cuenta todo el tiempo es para antigüedad, promociones, etc.
 
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