la concesión de explotación de un centro municipal, dicha concesión finaliza el 31/12/2011
El autónomo, en previsión del cese de actividad total (asuntos de salud) finaliza la mencionada concesión el 31/12/11, fecha en la que expira, y no la renovará, por ello comunicó el 18/11/11 un despido con reconocimiento de improcedencia con fecha de efectos del 2/12/11 del contrato indefinido a tiempo parcial de la trabajadora, es decir, mañana. La trabajadora le remite dos asistencias sanitarias de fecha 21 y 25 de noviembre de 2012 donde se diagnostica en la primera embarazo y en la segunda riesgo, aun no le consta el parte médico oficial de baja.
No se trata tanto de una cuestión económica, pues el importe de los 45 días es pequeño(inferior a 400 ), puesto que valorar una indemnización mayor no sería un problema, entiendo siempre proporcionada (75-100 días se me ocurre), pero la cuestión es como formalizar esa extinción, puesto que me temo que la trabajadora no está por la labor. La realidad es que el autónomo ya tiene 63 años y su salud no le permite mantener la actividad (hostelería, 12 horas de pié, etc..)
Gracias de antemano. Un saludo.
El autónomo, en previsión del cese de actividad total (asuntos de salud) finaliza la mencionada concesión el 31/12/11, fecha en la que expira, y no la renovará, por ello comunicó el 18/11/11 un despido con reconocimiento de improcedencia con fecha de efectos del 2/12/11 del contrato indefinido a tiempo parcial de la trabajadora, es decir, mañana. La trabajadora le remite dos asistencias sanitarias de fecha 21 y 25 de noviembre de 2012 donde se diagnostica en la primera embarazo y en la segunda riesgo, aun no le consta el parte médico oficial de baja.
No se trata tanto de una cuestión económica, pues el importe de los 45 días es pequeño(inferior a 400 ), puesto que valorar una indemnización mayor no sería un problema, entiendo siempre proporcionada (75-100 días se me ocurre), pero la cuestión es como formalizar esa extinción, puesto que me temo que la trabajadora no está por la labor. La realidad es que el autónomo ya tiene 63 años y su salud no le permite mantener la actividad (hostelería, 12 horas de pié, etc..)
Gracias de antemano. Un saludo.