Despido disciplinario que tras SMAC/SEDE JUDICIAL acaba en reconocido IMPROCEDENTE

Tronchacadenas

Miembro conocido
¿A efectos de afiliación se queda en disciplinario... vamos que no se toca lo mecanizado en su momento en el sistema ni en el certificado de empresa que se emite en su momento?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Yo en sistema red sí que lo cambio. Aporto acta de conciliación por CASIA y solicito que cambien la clave de la baja
Lo pregunto por una cuestión de esas en las que podemos entrar en un bucle espacio temporal de los que quita el sueño... enuncio el supuesto:
1- empresa despide disciplinariamente
2.-tras unas cuantas idas y venidas acaba reconocido improcedente
3.-entre las idas y venidas ha estado bonificandose (por ejemplo) unos riesgos/maternidades que no permiten si has despedido improcedente
4.- en el momento del reconocimiento opciones:
a.- dejar de bonificar a partir de ese momento
b.- pedir que elimien toda la bonificación
c.- ver un capítulo del salvame y ponerse de perfil

¿que pensáis?
 

Leovigildo

Miembro activo
Pues como se suele decir, lo hecho, pues hecho está.
¿Por riesgos / maternidades entiendo que es por el mismo puesto de trabajo no?
 

Maria Benegas Trejo

Nuevo miembro
Yo en sistema red sí que lo cambio. Aporto acta de conciliación por CASIA y solicito que cambien la clave de la baja
Pero cual es la clave para despido calificado como improcedente? si le has dado de baja al hacer un despido disciplinario le habrás puesto la clave 54, ya que la 53 es cuando se ya se califica como procedente y no es el caso...
 

Cristi

Miembro activo
Buenos días :coffee:,
Pero es que no existe clave por despido improcedente .... salvo que a mi se me escape, dejas la inicial, disciplinario, objetivo, fin de contrato.... la que hayas indicado.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Cuando dice:

"4. Los empleadores que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos incentivados quedarán excluidos por un periodo de doce meses de los incentivos a la contratación. La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas.

El periodo de exclusión se contará a partir del reconocimiento o de la declaración de improcedencia del despido o de la extinción derivada del despido colectivo."

¿Se entiende que se refiere a cualquier despido improcedente sea o no incentivado?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Pues como se suele decir, lo hecho, pues hecho está.
¿Por riesgos / maternidades entiendo que es por el mismo puesto de trabajo no?
no no... los despidos improcedentes anteriores son un puesto de trabajo que NO ESTABA INCENTIVADO y son distinto al puesto de sustitucion riesg/maternidad
 

Alexia

Miembro activo
Buenos días,
Nosotros en los despidos disciplinarios cursamos siempre la baja en SS con clave 53, aunque se trate de los típicos despidos "sin fundamento" por bajo rendimiento, ¿vosotros en este caso utilizáis clave 54?
En principio la clave de despido improcedente es la 78, pero hasta donde sé sólo te la pueden anotar en Casia enviando el acta de conciliación, sentencia, etc.
Lo de solicitar que modifiquen la clave de baja por la 78 (despido improcedente) lo hemos hecho en casos contados, en la mayoría de casos dejamos la clave comunicada inicialmente, ya sea la 53 o la despido objetivo, sé que no es correcto pero.... nunca se nos ha dado el caso de que lo comprueben
 

Maria Benegas Trejo

Nuevo miembro
Buenos días,
Nosotros en los despidos disciplinarios cursamos siempre la baja en SS con clave 53, aunque se trate de los típicos despidos "sin fundamento" por bajo rendimiento, ¿vosotros en este caso utilizáis clave 54?
En principio la clave de despido improcedente es la 78, pero hasta donde sé sólo te la pueden anotar en Casia enviando el acta de conciliación, sentencia, etc.
Lo de solicitar que modifiquen la clave de baja por la 78 (despido improcedente) lo hemos hecho en casos contados, en la mayoría de casos dejamos la clave comunicada inicialmente, ya sea la 53 o la despido objetivo, sé que no es correcto pero.... nunca se nos ha dado el caso de que lo comprueben
Pues nosotros siempre utilizamos la clave 54, ya que la procedencia o la improcedencia no la determina nunca la empresa, es la Autoridad laboral (bien SMAC o judicialmente) la que determina dicho extremo ... la clave 78 nunca la había leído pero si es una clave interna de ellos, pues bien.
 

Argi

Miembro conocido
Para mí es liar la manta. El codigo de baja es despido disciplinario. A TGSS le da igual que sea procedente o improcedente.
¿Qué hacéis entonces con el código de baja del certificado de empresa?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Para mí es liar la manta. El codigo de baja es despido disciplinario. A TGSS le da igual que sea procedente o improcedente.
¿Qué hacéis entonces con el código de baja del certificado de empresa?
Yo no toco nada.. supongo que el trabajador ya aporta copia SMAC/sentencia cuando solicita desempleo en caso de solicitarlo
 

Alexia

Miembro activo
La clave 78 la pone Tesorería aportando la documentación del reconocimiento de improcedencia, entiendo que sólo lo pueden hacer ellos porque la empresa no puede reconocer la improcedencia en el momento de la baja, ni hacer después el cambio de clave de la baja pues iría fuera de plazo y el sistema no lo permite.
En el certificado de empresa marcamos la clave 01 despido de la persona trabajadora.
De todas formas en TGSS la clave 53 es despido disciplinario individual, entiendo que aplica igual con independencia del resultado del mismo.
Por otro lado, ¿la exclusión de bonificaciones es únicamente si has realizado extinciones improcedentes de contratos bonificados no?
 
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