Buenos días:
Os escribo para saber si me podéis orientar un poco, ya que es una situación nueva que nunca he vivido, y quiero saber que voy a hacer lo correcto.
Uno de mis clientes tiene un trabajador que, desde el inicio del estado de alarma el 16/03 no se presentó a su puesto de trabajo, por miedo a contagio, pero sin justificante médico o similar. En cuanto nuestro cliente nos informó de la situación, le dijimos que la mejor opción era el despido disciplinario, porque ya acumulaba más de una semana en faltas de asistencias no justificadas. Nuestro cliente lo dejó pasar, y el trabajador siguió faltando a su puesto de trabajo desde el 14 de marzo hasta el 28 de mayo, donde, por mutuo acuerdo, el trabajador empezó sus vacaciones. Estas vacaciones finalizaron, y ahora quiere despedirlo por causas disciplinarias, ¿Será creíble despedirlo por causas disciplinarias alegando faltas reiteradas sin justificar cuando estuvo más de dos meses en esta situación? también teniendo en cuenta que desde que se reincorporó de sus vacaciones el 10 de junio sí acude a su puesto de trabajo.
Otra cosa, como faltó al puesto de trabajo, no le pagó desde el 14 de marzo, ¿tendría que pagarle todos esos días que faltó a su puesto de trabajo de forma injustificada?
Muchas gracias a los que respondáis. Es un caso demasiado particular, que se podría haber arreglado ya en el mes de abril, y quedando bien subsanado.
Os escribo para saber si me podéis orientar un poco, ya que es una situación nueva que nunca he vivido, y quiero saber que voy a hacer lo correcto.
Uno de mis clientes tiene un trabajador que, desde el inicio del estado de alarma el 16/03 no se presentó a su puesto de trabajo, por miedo a contagio, pero sin justificante médico o similar. En cuanto nuestro cliente nos informó de la situación, le dijimos que la mejor opción era el despido disciplinario, porque ya acumulaba más de una semana en faltas de asistencias no justificadas. Nuestro cliente lo dejó pasar, y el trabajador siguió faltando a su puesto de trabajo desde el 14 de marzo hasta el 28 de mayo, donde, por mutuo acuerdo, el trabajador empezó sus vacaciones. Estas vacaciones finalizaron, y ahora quiere despedirlo por causas disciplinarias, ¿Será creíble despedirlo por causas disciplinarias alegando faltas reiteradas sin justificar cuando estuvo más de dos meses en esta situación? también teniendo en cuenta que desde que se reincorporó de sus vacaciones el 10 de junio sí acude a su puesto de trabajo.
Otra cosa, como faltó al puesto de trabajo, no le pagó desde el 14 de marzo, ¿tendría que pagarle todos esos días que faltó a su puesto de trabajo de forma injustificada?
Muchas gracias a los que respondáis. Es un caso demasiado particular, que se podría haber arreglado ya en el mes de abril, y quedando bien subsanado.