DESPIDO DISCIPLINARIO

isabarros

Miembro
Buenos días:

Os escribo para saber si me podéis orientar un poco, ya que es una situación nueva que nunca he vivido, y quiero saber que voy a hacer lo correcto.
Uno de mis clientes tiene un trabajador que, desde el inicio del estado de alarma el 16/03 no se presentó a su puesto de trabajo, por miedo a contagio, pero sin justificante médico o similar. En cuanto nuestro cliente nos informó de la situación, le dijimos que la mejor opción era el despido disciplinario, porque ya acumulaba más de una semana en faltas de asistencias no justificadas. Nuestro cliente lo dejó pasar, y el trabajador siguió faltando a su puesto de trabajo desde el 14 de marzo hasta el 28 de mayo, donde, por mutuo acuerdo, el trabajador empezó sus vacaciones. Estas vacaciones finalizaron, y ahora quiere despedirlo por causas disciplinarias, ¿Será creíble despedirlo por causas disciplinarias alegando faltas reiteradas sin justificar cuando estuvo más de dos meses en esta situación? también teniendo en cuenta que desde que se reincorporó de sus vacaciones el 10 de junio sí acude a su puesto de trabajo.
Otra cosa, como faltó al puesto de trabajo, no le pagó desde el 14 de marzo, ¿tendría que pagarle todos esos días que faltó a su puesto de trabajo de forma injustificada?

Muchas gracias a los que respondáis. Es un caso demasiado particular, que se podría haber arreglado ya en el mes de abril, y quedando bien subsanado.
 
N

Nana

Guest
Hola Isabarros

creo que ya no podeis despedirle por faltas no justificadas, ¿le mandasteis burofax requiriendo los justificantes?

Tendriais que haber mandado el burofax (repito, no sé si lo hicisteis) y proceder con el despido, pero ahora entiendo que no. ¿Y ha estado todo el mes de abril y parte de junio de vacaciones?

espero que, por lo menos, la nomina no se la hayais pagado como si hubiera ido, porque os la ha liado pero bien
 

isabarros

Miembro
Hola NANA:

Las vacaciones las disfrutó del 28 de mayo al 10 de junio, y desde ahí, comenzó a acudir algún día al puesto de trabajo. Las nóminas no, no fueron pagadas. Al empresario le dimos las opciones del despido disciplinario, pero en el momento no quiso realizarlo, ni requirió a través de burofax la reincorporación y justificación de las faltas. Lo único que tiene son whatsapps con el trabajador diciéndole que vuelva a su puesto de trabajo.
 
N

Nana

Guest
Mira en el convenio el plazo para poner las sanciones, pero creo que ha prescrito (dependiendo de la tipificación)

Vaya lio teneis montado, creo que lo del despido ya no lo podeis hacer
 

Cachilipox

Miembro conocido
Estatuto de los Trabajadores
Artículo 60.2
Prescripción
"Respecto a los trabajadores,[...] las muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión"

16/03/2020, primer día en que no acude, es la fecha de inicio y conocimiento de la falta. 60 días sumados a eso, nos da el 14/05/2020.
Y resulta que la empresa va y le concede vacaciones pasado eso!!!!!

Intentar hacer un disciplinario en estas circuntancias es de imprudencia temeraria total.
 

Santiago

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo con los compañeros
No es posible un disciplinario en estos momentos
Debería haberse comunicado durante el mes de marzo o principios de abril las ausencias injustificadas
 
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