Despido en período de prueba

Buenos días:

Una empresa (que suele estar siempre bordeando la ley) tiene pensado comunicar hoy el despido a un trabajador, con fecha 28.06.2023, por no superar el período de prueba. ¿Por qué lo hace hoy? Ya lo tenía decidido, pero parece que van a operar al trabajador la semana que viene y no quiere que pueda parecer que se le despide por ese motivo. ¿Puede haber algún problema por el hecho de que la baja sea el día 28, estando de baja por IT? repito, se le va a comunicar hoy, estando sano.
Gracias.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sin que ello sirva para alejar totalmente la sospecha de que la causa subyacente sea la situación de IT, ¿por qué quieren hacerla con fecha de efecto de 28 de junio?
Una no sup. p.p., estando este vigente, puede hacerse de hoy para hoy, en cualquier momento (a lo largo del periodo de vigencia del p.p. , claro).
Eso sí, si tienen cualquier evidencia (mails... ) de que la decisión ya estaba tomada antes de tener conocimiento de esta próxima IT, mejor, claro.

Saludos
 
Sin que ello sirva para alejar totalmente la sospecha de que la causa subyacente sea la situación de IT, ¿por qué quieren hacerla con fecha de efecto de 28 de junio?
Una no sup. p.p., estando este vigente, puede hacerse de hoy para hoy, en cualquier momento (a lo largo del periodo de vigencia del p.p. , claro).
Eso sí, si tienen cualquier evidencia (mails... ) de que la decisión ya estaba tomada antes de tener conocimiento de esta próxima IT, mejor, claro.

Saludos
Pues es profesor, y quiere hacerlo con esa fecha porque tendrá que firmar las actas
 

AL1978

Miembro conocido
Pues es profesor, y quiere hacerlo con esa fecha porque tendrá que firmar las actas
El asunto es éste. El hecho que no se haga el despido hoy (a fecha de entrega de la carta ) y que además la empresa conozca la situación de la situación de baja de IT que se viene encima son los elementos que podrían dar "camino" a una reclamación de nulidad.
 

africallora

Miembro conocido
Para mí, el Quid de la cuestión es saber de qué le operan. Por lo general, te tienen lista de espera para cualquier intervención un mínimo de 6 meses. Y si ahora le toca la operación, pues qué le vamos a hacer… La vida sigue y el mundo laboral, también.

Pero si le han detectado algo o le ha ocurrido algo durante el periodo de prueba que le haya llevado dicha intervención, entonces, sí que veo una razonable conexión entre el despido y la IT . Y, por ende, problemas.
 

CrisFM

Miembro
Y el problema no es ya solo la nulidad, sino también que estas demandas ahora suelen venir con una indemnización adicional por vulneración de DDFF de diez mil o quince mil o lo que quera pedir.
 
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